La prestación se cobra una sola vez y puede ser solicitada por ambos cónyuges, siempre que cada uno cumpla las condiciones. El trámite está habilitado de forma virtual y presencial.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) actualizó en julio el monto de la Asignación Familiar por Matrimonio, una prestación de pago único destinada a personas que reúnen las condiciones exigidas por el organismo. El valor vigente para este mes es de $129.209 por cada solicitante que tenga derecho al beneficio.
La asignación puede ser cobrada por ambos integrantes de la pareja, pero cada uno debe cumplir individualmente con los requisitos previstos dentro del Régimen de Asignaciones Familiares. No se trata de un pago automático luego de casarse: es necesario iniciar la gestión y presentar la documentación correspondiente.
El beneficio está destinado a trabajadores registrados, titulares de la Prestación por Desempleo, personas que perciban prestaciones mediante una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, trabajadores de temporada y titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Antes de avanzar con la solicitud, ANSES recomienda revisar que los datos personales, el domicilio, el vínculo familiar y el matrimonio estén correctamente cargados en Mi ANSES. Si existieran errores o faltaran datos, deberán actualizarse en una oficina del organismo.
Qué condiciones deben cumplir quienes quieran cobrarla
La Asignación por Matrimonio puede solicitarse desde los dos meses posteriores a la fecha de casamiento y hasta dos años después. La presentación fuera de ese plazo impide acceder al pago, aun cuando se cumplan las demás condiciones requeridas.
Además, los ingresos del grupo familiar no pueden superar el tope máximo vigente para el mes en que se celebró el matrimonio. Esa condición es evaluada por ANSES junto con los datos laborales y familiares registrados al momento de iniciar el trámite.
Para realizar la gestión se deben presentar los DNI de ambos cónyuges y la partida o el acta de matrimonio. En los casos de segundos o posteriores matrimonios, puede requerirse documentación adicional que acredite el divorcio o el fallecimiento del cónyuge anterior, según corresponda.
También deberán contar con la documentación respaldatoria quienes hayan contraído matrimonio en el exterior. En esos casos, el acta debe presentarse con las legalizaciones, apostillas o traducciones necesarias de acuerdo con el país donde se realizó el enlace.
Cómo iniciar el trámite ante ANSES
La gestión puede hacerse a través del canal de Atención Virtual de ANSES, mediante el ingreso con número de CUIL y Clave de la Seguridad Social. Allí, el solicitante deberá seleccionar la opción correspondiente y adjuntar la documentación requerida para que el organismo evalúe el pedido.
La otra alternativa es realizar el trámite de forma presencial en una oficina de ANSES, con turno previo. En ese caso, se deberá concurrir con los documentos de ambos cónyuges y con toda la información necesaria para acreditar el vínculo matrimonial.
El trámite es gratuito y no requiere el pago de aranceles. Una vez presentada la solicitud, ANSES analiza los datos declarados y la documentación antes de definir si corresponde el cobro de los $129.209 vigentes en julio por la Asignación Familiar por Matrimonio.