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El Presupuesto 2027 propone eliminar puntos centrales de la ley de Emergencia en Discapacidad

El Presupuesto 2027 propone modificar aranceles, pensiones y cobertura sanitaria contemplados en la Ley de Emergencia en Discapacidad.

16 de Septiembre de 2026
El proyecto enviado por el Gobierno al Congreso.
El proyecto enviado por el Gobierno al Congreso.

El Presupuesto 2027 propone modificar aranceles, pensiones y cobertura sanitaria contemplados en la Ley de Emergencia en Discapacidad.

El proyecto de Presupuesto 2027 presentado por el Gobierno nacional propuso derogar o modificar artículos centrales de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad. Los cambios alcanzan al sistema de aranceles, las pensiones no contributivas, la cobertura sanitaria y la actualización de las prestaciones.

La iniciativa deberá ser debatida por el Congreso y, por lo tanto, las modificaciones todavía no entraron en vigencia. Sin embargo, generaron cuestionamientos de diputados opositores, quienes advirtieron que podrían producir una fragmentación del sistema de atención y una reducción de derechos.

 

Una de las principales modificaciones contempladas en el proyecto fue la eliminación del artículo 14 de la Ley 27.793, que estableció el principio de un nomenclador único nacional para las prestaciones vinculadas con la discapacidad.

 

Cambios en los aranceles de las prestaciones

 

La modificación propuesta permitiría que cada obra social, empresa de medicina prepaga, provincia u organismo estatal estableciera valores diferentes en su relación con los prestadores.

El artículo 39 del Presupuesto sustituye la redacción del artículo 7 bis de la ley de emergencia y estableció que “la universalidad no implicará la homogeneidad de aranceles”. También indicó que el nomenclador “no incluirá valores universales”.

 

Según explicó el vicepresidente de la Comisión de Discapacidad de Diputados, Juan Marino, la medida haría que “cada obra social, prepaga o provincia fije valores diferenciados, desatando una presión a la baja y fragmentando la atención médica y terapéutica”.

 

Eliminarían la actualización mensual

 

El proyecto también propuso dejar sin efecto la actualización automática mensual de los aranceles según el índice de movilidad jubilatoria.

 

El diputado Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica, señaló que el nuevo sistema permitiría que cada entidad obligada determinara los valores de las prestaciones al negociar con los prestadores.

“En criollo, eliminan el criterio de arancel único para todo el sistema y reemplazan una regla objetiva por un esquema fragmentado, discrecional e incierto para prestadores y personas con discapacidad”, sostuvo.

Para las prestaciones a cargo del Estado nacional, la propuesta contempló una actualización trimestral por parte de la Secretaría Nacional de Discapacidad, aunque sin establecer un índice automático de referencia.

 

Pensiones y empleo registrado

 

Otro de los puntos cuestionados fue el artículo 37 del proyecto, que propuso eliminar la compatibilidad entre la pensión por discapacidad y un empleo registrado o monotributo con ingresos de hasta dos salarios mínimos.

 

Marino sostuvo que, con la nueva redacción, “cualquier empleo registrado, incluso de pocas horas, o alta tributaria extingue la pensión”.

También advirtió que se eliminarían la suspensión temporal del beneficio y su rehabilitación inmediata una vez finalizado el contrato laboral. Según el legislador, ese cambio podría desalentar la incorporación formal al mercado laboral.

 

Costos, definición y cobertura sanitaria

 

El Presupuesto también planteó suprimir el instrumento destinado a estudiar los costos particulares de cada servicio o prestación. Esa herramienta permitía considerar gastos específicos del sector que no necesariamente quedaban reflejados en el Índice de Precios al Consumidor.

“Borran la herramienta que permitía actualizar aranceles según costos específicos del sector que no capta el IPC, asfixiando a los prestadores”, cuestionó Marino. Como ejemplo, mencionó la situación del transporte destinado a personas con discapacidad y el costo de mantenimiento de esos servicios.

 

El proyecto propuso además derogar el artículo 5 de la Ley 27.793, que definió a la persona con discapacidad mediante una remisión a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Desde la oposición manifestaron preocupación por la posibilidad de que el Poder Ejecutivo modificara los criterios de acceso.

 

Advierten por la cobertura de salud

 

El artículo 41 del proyecto eliminó el artículo 8 de la ley de emergencia, que garantizó la cobertura de salud para los titulares de pensiones no contributivas por discapacidad.

 

“La cobertura deja de ser un derecho legal exigible por los titulares de pensiones”, alertó Marino al analizar la reforma propuesta por el Ejecutivo.

El diputado también calificó la maniobra como “ilegal e inconstitucional”, al considerar que una ley presupuestaria no debería introducir reformas permanentes sobre normas de fondo.

Ferraro, por su parte, acusó al Gobierno de aplicar una política de “crueldad” sobre un sector que atravesaba una emergencia, con prestadores afectados por la desactualización arancelaria, instituciones en dificultades y familias con problemas para sostener los tratamientos.

 

La discusión quedará ahora en manos del Congreso, donde la oposición también buscará prorrogar la emergencia en discapacidad para preservar las prestaciones y los derechos reconocidos por la ley vigente.

Temas:

Presupuesto 2027 discapacidad emergencia en discapacidad Pensiones no contributivas
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