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Economía Se habilitó el trámite

Gastos en el exterior: quiénes pueden solicitar el reintegro del 30% ante ARCA

Desde enero el organismo habilitó los pedidos de reintegro correspondientes a consumos en moneda extranjera efectuados durante 2025.

12 de Enero de 2026
Tarjetas de crédito.
Tarjetas de crédito. Foto: Archivo.

Desde enero el organismo habilitó los pedidos de reintegro correspondientes a consumos en moneda extranjera efectuados durante 2025.

Con el comienzo del año fiscal 2026, ARCA habilitó el reintegro de percepciones aplicadas durante 2025 sobre consumos en moneda extranjera. El esquema alcanza pagos de bienes y servicios del exterior, suscripciones digitales y gastos turísticos liquidados en pesos mediante tarjetas. Parte de las operaciones de compra de dólares también quedaron comprendidas en la primera parte del año pasado.

 

 

No alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales

 

El primer grupo habilitado a pedir la devolución corresponde a quienes no tributan Ganancias ni Bienes Personales. En estos casos, el trámite se inicia desde la web del organismo y se gestiona mes a mes.

 

El esquema alcanza pagos en el exterior liquidados en pesos mediante tarjetas. Foto: Archivo.
El esquema alcanza pagos en el exterior liquidados en pesos mediante tarjetas. Foto: Archivo.

 

Una vez presentada la solicitud, la devolución se acredita en la cuenta bancaria informada. ARCA no fijó un plazo específico, aunque recordó que los reintegros generan intereses desde el momento del pedido.

 

Asalariados y jubilados con retenciones de Ganancias

 

El segundo grupo está compuesto por trabajadores y jubilados que durante 2025 tuvieron retenciones de Ganancias. En este segmento, la percepción no se devuelve de manera directa, sino que se incorpora al Siradig–Trabajador y se computa en la liquidación anual del impuesto que realizan los empleadores en abril.

 

El reintegro impacta de manera automática en los sueldos liquidados a comienzos de mayo. Si el monto supera lo retenido a lo largo del año, el excedente se reclama con inscripción en el impuesto.

 

Los pagos a plataformas entran en la devolución. Foto: Archivo.
Los pagos a plataformas entran en la devolución. Foto: Archivo.

 

Contribuyentes inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales

 

Un tercer grupo lo integran quienes ya se encuentran inscriptos en alguno de esos tributos. En este caso no se realiza un trámite aparte: las percepciones ingresan como pago a cuenta dentro de la declaración jurada anual correspondiente a 2025.

 

Demoras, percepciones informadas y recomendaciones

 

Expertos consultados, por Infobae, explicaron que el sistema sólo devuelve las percepciones informadas por los agentes con la CUIT correcta, por lo que recomendaron no cargar manualmente operaciones que aún no aparecen. Ese tipo de correcciones suele derivar en pedidos de verificación y puede extender los plazos de acreditación.

 

ARCA recordó que las notificaciones del trámite se realizan a través del Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente y que la devolución se concreta mediante depósito bancario.

Temas:

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