La medida incorpora una resolución aprobada por el Mercosur y alcanza a fabricantes, importadores y comercializadores de productos de higiene personal y perfumes. Los componentes fueron clasificados como cancerígenos y tóxicos para la reproducción.
La ANMAT actualizó la lista de sustancias prohibidas para la elaboración de productos cosméticos, perfumes y artículos de higiene personal al incorporar nuevas restricciones sanitarias definidas por el Mercosur. La medida fue oficializada este viernes mediante la Disposición 2820/2026 publicada en el Boletín Oficial.
La decisión alcanza a fabricantes, importadores y comercializadores que operan en el mercado argentino y establece la prohibición de dos compuestos químicos utilizados principalmente en esmaltes semipermanentes, geles para uñas y otros productos cosméticos.
Según informó la ANMAT, la actualización responde a criterios sanitarios adoptados a nivel regional después de evaluaciones técnicas realizadas sobre los componentes involucrados.
Cuáles son las sustancias prohibidas
La disposición incorporó al ordenamiento argentino la Resolución GMC Nº 27/25 del Mercosur y prohibió específicamente el uso del óxido de difenil (2,4,6-trimetilbenzoil) fosfina, identificado como “trimethylbenzoyl diphenylphosphine oxide”, y de la sustancia N,N-dimetil-p-toluidina.
De acuerdo con lo detallado en la normativa, ambos compuestos fueron clasificados por organismos internacionales como sustancias cancerígenas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción.
El texto oficial señala que el primero de los componentes era utilizado como fotoiniciador, una sustancia capaz de absorber luz ultravioleta o visible para endurecer materiales líquidos. Su aplicación era frecuente en esmaltes y geles semipermanentes utilizados en tratamientos estéticos.
En tanto, la N,N-dimetil-p-toluidina era empleada para acelerar procesos de secado en productos elaborados con acrilatos, resinas epoxi, esmaltes en gel y cementos dentales.
Plazos y adecuación de los productos
La ANMAT indicó que los productos que ya se encuentren registrados tendrán un plazo de 60 días para adecuarse a las nuevas exigencias establecidas por la disposición.
Además, el organismo explicó que la actualización periódica de las listas de sustancias permitidas y prohibidas busca garantizar condiciones de seguridad en el uso de materias primas dentro de la industria cosmética y de higiene personal.
La semana pasada, el ente regulador también había modificado las condiciones de uso de otros ingredientes vinculados a productos capilares. A través de otra resolución, se fijaron nuevos límites para componentes como el Piritionato de Zinc y el Climbazole, utilizados principalmente en shampoos y tratamientos para el cabello.