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Sociedad Simplificación

Cambian los trámites ante el Registro Nacional de Armas y eliminan un requisito

La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial y apunta a simplificar procedimientos ante el Registro Nacional de Armas. Desde el organismo explicaron que la exigencia generaba demoras y duplicación de trámites.

17 de Abril de 2026
Armas.
Armas.

La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial y apunta a simplificar procedimientos ante el Registro Nacional de Armas. Desde el organismo explicaron que la exigencia generaba demoras y duplicación de trámites.

El Gobierno nacional dispuso un cambio en los trámites vinculados a armas al eliminar un requisito que, según señalaron, generaba demoras y complicaciones administrativas en todo el país.

 

La medida fue oficializada este viernes a través del Boletín Oficial y alcanza a distintas gestiones ante el Registro Nacional de Armas (RENAR), en el marco de una política orientada a simplificar procesos.

 

 

Según se informó, se dejó sin efecto la exigencia de presentar habilitaciones municipales para determinados trámites, una obligación que venía siendo cuestionada por su impacto en los tiempos administrativos.

 

Qué cambia en los trámites

 

Desde el organismo explicaron que la modificación busca reducir la carga burocrática en los procedimientos vinculados a armas, especialmente en actividades reguladas.

 

Indicaron que el requisito eliminado generaba “duplicación de exigencias y demoras”, además de dificultades para unificar criterios en todo el territorio nacional debido a las diferencias entre normativas locales, según informó Ámbito.

 

Carnet de legítimo usuario.
Carnet de legítimo usuario.

 

La medida alcanza trámites como la inscripción y rehabilitación de fábricas, depósitos y almacenamientos de sustancias controladas, así como gestiones vinculadas a agencias de seguridad y transportadoras.

 

Alcance de la medida

 

El nuevo esquema también impacta en entidades financieras y otras actividades vinculadas al control de armas, que ya no deberán presentar constancias municipales para gestiones como reaperturas, cambios de domicilio o prórrogas.

 

En estos casos, será suficiente con la certificación emitida por la autoridad jurisdiccional competente, sin necesidad de cumplir con el requisito que fue eliminado.

 

 

La decisión fue firmada por el director ejecutivo del organismo, Juan Pablo Allan, y se enmarca dentro de las facultades previstas en la normativa vigente.

 

Desde el Registro Nacional aclararon que la modificación no implica una flexibilización en los controles sobre armas, sino una simplificación de los procedimientos administrativos.

Temas:

armas Registro nacional cambios
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