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Sociedad Fallo judicial

Ratificaron la validez del matrimonio de una mujer de 78 años pese a la oposición de sus hijos

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la validez del casamiento entre una mujer de 78 años y un hombre de 64, a pesar de la oposición de los hijos de la mujer, quienes alegaban problemas de salud mental.

2 de Julio de 2025
Matrimonio validado pese a oposición familiar
Matrimonio validado pese a oposición familiar Foto: ilustrativa

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la validez del casamiento entre una mujer de 78 años y un hombre de 64, a pesar de la oposición de los hijos de la mujer, quienes alegaban problemas de salud mental.

La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) resolvió convalidar el matrimonio entre una mujer de 78 años y un hombre de 64, desestimando la oposición presentada por los hijos de la mujer. La resolución revocó un fallo previo de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay, que había hecho lugar al reclamo de los familiares.

 

El matrimonio fue celebrado en diciembre de 2023 en una ciudad entrerriana. Los hijos de la mujer solicitaron la suspensión del casamiento al considerar que su madre no estaba en condiciones de comprender la naturaleza del acto por su estado de salud mental.

 

Sin embargo, la vocal Gisela Schumacher sostuvo que no existían pruebas que acreditaran la incapacidad de la mujer para contraer matrimonio. “Se trata de un acto válido entre personas sin restricciones de capacidad, con una oposición sin respaldo documental ni argumental”, afirmó la magistrada.

 

Además, Schumacher destacó que la mujer expresó de manera clara que se casó por decisión propia, que se siente acompañada y feliz, y que no debe dar explicaciones sobre sus elecciones de vida. La jueza subrayó la importancia de aplicar una perspectiva de género y de vejez para respetar la autonomía de las personas mayores.

 

El vocal Carlos Federico Tepsich adhirió a la postura de Schumacher, mientras que el vocal Leonardo Portela, en disidencia, consideró que los hijos no aportaron pruebas suficientes para justificar la oposición al casamiento.

 

El fallo remarcó que no pueden restringirse derechos personales sin motivos legales debidamente acreditados ni sentencia que así lo disponga. También se citó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores como respaldo para la decisión.

 

El STJER ratificó la validez de un matrimonio pese a la oposición de los hijos by elonceweb

Temas:

fallo judicial casamiento Justicia de Entre Ríos derechos de los adultos mayores
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