Una nueva ley abre la puerta a comercializar carne de jabalí bajo condiciones de trazabilidad y control sanitario. La Legislatura de Río Negro aprobó una actualización integral del régimen que regula la faena, elaboración, transporte y venta de productos de origen animal.
La incorporación de la fauna silvestre representa una de las principales novedades de la normativa. Aunque las especies autorizadas deberán ser determinadas por el área provincial de Fauna, el sector productivo espera que el régimen alcance al jabalí y al guanaco.
La iniciativa fue impulsada por el gobierno provincial y obtuvo la aprobación por mayoría, luego de un debate legislativo que incluyó diferencias sobre algunos artículos. La norma reemplazó una regulación que llevaba 35 años vigente.
Producción artesanal y autoconsumo familiar
El nuevo marco contempla distintas escalas productivas y comerciales, desde pequeños establecimientos hasta plantas industriales. También incorporó actividades que hasta el momento no contaban con una regulación específica.
“Es el resultado de un trabajo de mucho tiempo junto a la Secretaría de Ganadería y otros organismos provinciales. La ley moderniza normas que ya habían quedado desactualizadas y reconoce realidades productivas que hasta ahora no estaban contempladas”, señaló Ballerini.
Uno de los cambios centrales fue la incorporación de la figura del autoconsumo del productor. Este mecanismo permitirá reglamentar el traslado de carne destinada al consumo familiar desde los establecimientos rurales hasta las localidades.
Para utilizarlo, el productor deberá estar formalmente registrado y contar con la marca o señal correspondiente, de acuerdo con el tipo de ganado. El traslado se realizará mediante una Guía de Tránsito No Comercial.
Cómo se trasladará la carne
Los productos deberán llevar un precinto sanitario y ser transportados en un compartimento hermético. Tampoco podrán compartir el espacio de carga con sustancias que representen un riesgo de contaminación.
La guía deberá indicar el establecimiento de origen y destino, la especie, el tipo y la cantidad del producto, la fecha de emisión y el vehículo utilizado para el traslado.
El documento tendrá una vigencia máxima de 48 horas y deberá ser validado en el primer puesto caminero policial o sanitario que el productor encuentre durante el recorrido.
Nuevas categorías para los establecimientos
La ley creó una nueva categorización para los establecimientos de faena según su escala. Las salas artesanales podrán procesar diariamente hasta dos bovinos, cinco porcinos o diez ovinos o caprinos.
También se establecieron categorías específicas para los mataderos rurales y los frigoríficos de clase B y C. El objetivo será adecuar las exigencias a las características de cada emprendimiento sin eliminar los controles bromatológicos.
La regulación alcanzará, además, a los establecimientos dedicados a elaborar chacinados, salazones, conservas y otros productos afines. También incluirá a las plantas procesadoras de huevos y lácteos, con parámetros diferenciados para las producciones artesanales e industriales.
Ballerini destacó que la modificación permitirá desburocratizar y formalizar actividades que carecían de un marco adecuado. La intervención del Ministerio de Salud en los controles buscará reforzar las condiciones de inocuidad de los alimentos.
El lugar de los pequeños productores
Daniel Lavayen, representante de Río Negro en la Mesa Ejecutiva de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), explicó que el proyecto había sido impulsado por la Federación de Sociedades Rurales y trabajado junto con las autoridades provinciales.
“Es algo nuevo e interesante, porque en Río Negro existen distintas realidades, donde hay municipios como la Región Sur donde están pequeños productores, productores ovinos”, sostuvo.
Según indicó, los municipios que tengan áreas de Bromatología podrán intervenir en las salas de faena. La circulación de los productos dentro de la provincia quedará sometida a controles de Transporte, Salud y Policía.
“En Río Negro tenemos la Policía Rural para que fiscalice en rutas y caminos”, añadió Lavayen al explicar cómo funcionará el esquema de supervisión.
Fauna silvestre y carne de jabalí
Los productos alimenticios obtenidos de especies silvestres y destinados a la comercialización deberán procesarse obligatoriamente en plantas industriales o artesanales habilitadas.
El área de Fauna tendrá la responsabilidad de determinar cuáles serán las especies autorizadas y establecer los cupos correspondientes. El traslado y el procesamiento deberán cumplir las exigencias sanitarias y documentales vigentes.
La normativa prohibió expresamente comercializar carne de animales silvestres capturados mediante perros o métodos cruentos que ocasionen deterioro, estrés excesivo o contaminación biológica de las piezas.
Cuando los ejemplares no sean trasladados vivos, deberán realizarse tareas de desangrado y evisceración antes de su llegada a la planta procesadora. Allí se completarán el cuereado, la higienización, el enfriamiento y la verificación sanitaria.
Una especie invasora que preocupa al campo
La posibilidad de procesar carne de fauna silvestre adquirió especial relevancia por el avance del jabalí. Las entidades rurales señalaron que esta especie exótica invasora ocasiona daños ambientales y productivos en Río Negro y otras zonas de la Patagonia.
“Otra cosa nueva, que nos parece interesante, es todo lo que es el control de la fauna, principalmente lo que es el jabalí”, manifestó Lavayen.
La incorporación de estos animales a los canales formales de comercialización deberá realizarse con trazabilidad, documentación y controles sanitarios. La reglamentación será determinante para conocer los alcances concretos del nuevo régimen.
La ley también implementó un esquema de inspecciones, sanciones y multas. Los agentes autorizados podrán ingresar a establecimientos, depósitos y transportes para verificar documentación, vehículos y condiciones sanitarias.
Inspecciones y sanciones
Los controles también podrán realizarse en establecimientos agropecuarios. Para ingresar a viviendas o espacios utilizados exclusivamente como residencia, los inspectores deberán contar con una orden judicial.
Lavayen destacó que la nueva norma permitirá que productores y elaboradores de menor escala accedan a habilitaciones acordes con su capacidad. “Es una ley que reemplaza a la que estaba, que llevaba 35 años”, remarcó.
El dirigente explicó que el régimen también alcanzará a productos elaborados como chacinados, conservas y quesos, además de la producción de leche y huevos. “En el común de la gente hay mucha aceptación de la nueva ley”, afirmó.
Ballerini vinculó la reforma con un proceso más amplio de actualización de normas relacionadas con el sector agropecuario. “Venimos trabajando desde hace varios años para modernizar leyes que impactan directamente en la producción”, expresó.
Finalmente, concluyó: “Cuando las instituciones trabajan junto al Estado y los distintos actores de la cadena, es posible construir normas más eficientes, que simplifican la producción sin resignar los controles sanitarios y generan nuevas oportunidades para el desarrollo ganadero de la provincia”.