El régimen mantenía un límite general de USD 16.000. Ahora habrá topes de USD 16.000, USD 18.000 y USD 35.000 según la tecnología de los vehículos.
El Gobierno nacional modificó el régimen de importación con arancel extrazona del 0% para determinados autos híbridos y eléctricos y estableció nuevos límites de valor FOB según el tipo de tecnología. El cambio más significativo llevó el máximo hasta USD 35.000 por unidad para la categoría correspondiente a vehículos eléctricos.
Hasta ahora, el régimen contemplaba como regla un valor FOB máximo de USD 16.000, mientras que desde este jueves 1° de octubre habrá límites diferenciados de USD 16.000, USD 18.000 y USD 35.000.
El Ejecutivo fundamentó la modificación en la evolución de la industria automotriz mundial, la incorporación de nuevas tecnologías y la necesidad de ampliar la variedad de vehículos de movilidad limpia disponibles en el mercado argentino. La medida fue establecida mediante el Decreto 1128/2026.
Cuáles son los nuevos topes
El Anexo I del decreto estableció un valor FOB máximo de USD 16.000 por unidad para las posiciones arancelarias identificadas específicamente como vehículos con tecnología Mild Hybrid, híbridos ligeros o suaves.
En tanto, cuatro posiciones correspondientes a otras tecnologías contempladas por el régimen tendrán un límite de USD 18.000 FOB por unidad.
El mayor cambio corresponde a la posición arancelaria 8703.80.00, para la cual el Gobierno fijó un máximo de USD 35.000 FOB por unidad. Esa posición corresponde al segmento de vehículos con motor eléctrico para propulsión.
Qué cambia respecto del régimen anterior
El Decreto 49/2025 había fijado en 0% el Derecho de Importación Extrazona (DIE) para las mercaderías comprendidas por el programa cuyo valor FOB no excediera los USD 16.000.
El nuevo decreto reemplazó ese límite uniforme. A partir de ahora, el valor máximo dependerá de la posición arancelaria correspondiente al vehículo.
Así, los Mild Hybrid alcanzados conservarán el techo de USD 16.000, mientras que otras categorías contempladas podrán ingresar dentro del régimen con valores de hasta USD 18.000 y, en el caso de los eléctricos comprendidos, hasta USD 35.000.
Esto significa que no se eliminó el arancel de importación para cualquier auto híbrido o eléctrico, sino que se modificaron los límites dentro del régimen existente para los vehículos incluidos en las posiciones arancelarias especificadas.
Qué vehículos están contemplados
El anexo especificó que las posiciones con límite de USD 16.000 alcanzan únicamente a vehículos con tecnología Mild Hybrid o híbridos ligeros o suaves, ya sean completamente armados (CBU), semidesarmados (SKD) o totalmente desarmados (CKD).
Las restantes posiciones incluidas, con topes de USD 18.000 y USD 35.000, también contemplan vehículos completos en las modalidades CBU, SKD y CKD.
La decisión fue fundamentada por el Gobierno en la "alta efectividad" y la demanda que tuvo el régimen desde su implementación, además de la mayor oferta internacional de modelos con tecnologías alternativas.
El Decreto 1128/2026 comenzará a regir este jueves 1° de octubre, un día después de su publicación en el Boletín Oficial.
El Gobierno señaló que el objetivo de la modificación es mantener un volumen adecuado de oferta en el mercado interno y permitir el acceso a una mayor variedad de vehículos con tecnologías de movilidad sustentable.