La demanda contra AstraZeneca impulsada por Flavia Ochoa avanzó luego de que un organismo oficial rechazara su pedido de reparación al considerar que no pudo establecerse un vínculo entre la vacuna contra el Covid-19 y el síndrome de Guillain-Barré que denunció haber padecido.
La demanda contra AstraZeneca presentada por Flavia Ochoa comenzó a tomar impulso en la Justicia luego de que fracasara el procedimiento administrativo previsto por la Ley 27.573 para quienes consideran haber sufrido efectos adversos vinculados a la vacunación contra el Covid-19.
El reclamo de la mujer cordobesa fue rechazado por la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas, que concluyó que no pudo establecerse una relación causal entre la dosis recibida y el síndrome de Guillain-Barré que denunció.
Esa decisión administrativa se convirtió en uno de los principales ejes de la demanda civil iniciada contra AstraZeneca S.A. y el Estado nacional. La demandante sostiene que el expediente no valoró correctamente la documentación médica presentada y pide que sea la Justicia la que analice nuevamente el caso.
Además del reclamo indemnizatorio, la acción judicial cuestiona aspectos centrales del régimen de reparación creado durante la pandemia para atender eventuales daños derivados de la vacunación.
El trámite administrativo que terminó en rechazo
El expediente administrativo se inició en marzo de 2023, cuando Ochoa presentó un pedido para acceder al fondo de reparación previsto por la Ley 27.573, norma sancionada durante la emergencia sanitaria para contemplar posibles daños físicos asociados a las vacunas contra el Covid-19.
Según consta en la demanda, junto con la solicitud aportó diversa documentación médica, entre ella certificados de especialistas en neurología, historias clínicas, constancias de internación, el dictamen de incapacidad laboral, el carnet de vacunación y la denuncia de un Evento Supuestamente Atribuible a la Vacunación o Inmunización (ESAVI).
Sin embargo, la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas concluyó que "en la actualidad no se ha podido establecer un nexo de causalidad entre la vacuna contra el Covid-19 suministrada y el presunto efecto adverso denunciado". Esa conclusión impidió que la mujer accediera al mecanismo de reparación previsto por la legislación vigente.
Los cuestionamientos de la demandante
La resolución administrativa es uno de los principales puntos cuestionados por la demanda. Ochoa sostiene que el organismo no ponderó adecuadamente los informes médicos incorporados al expediente, particularmente aquellos que describen el diagnóstico de síndrome de Guillain-Barré y la evolución clínica posterior.
En declaraciones a Noticias Argentinas, explicó que el rechazo administrativo fue determinante para iniciar el proceso judicial.
"Primero hicimos el reclamo administrativo. No obtuvimos ninguna respuesta favorable y entonces decidimos iniciar el juicio. La causa está muy lenta, está media frenada", afirmó.
La presentación judicial sostiene que la documentación aportada resulta suficiente para justificar un nuevo análisis del caso y reclama que la Justicia evalúe nuevamente las pruebas reunidas durante el expediente administrativo y las incorporadas posteriormente.
Qué pide la demanda contra AstraZeneca
La acción judicial no se limita a solicitar una indemnización económica. También plantea cuestionamientos al funcionamiento del régimen establecido por la Ley 27.573 y su reglamentación.
Entre los pedidos formulados, la demandante solicita que se declare la inconstitucionalidad de distintos artículos de esa normativa al considerar que restringen el acceso a una reparación integral para quienes alegan haber sufrido daños derivados de la vacunación, publicó NA.
De manera subsidiaria, reclama que, si no prospera ese planteo, se le reconozca el derecho a acceder al fondo de reparación previsto por la propia ley para los casos en que se acrediten daños vinculados con la inmunización contra el Covid-19.
Asimismo, la demanda dirige el reclamo tanto contra AstraZeneca S.A. como contra el Estado nacional, al sostener que ambos deberían responder por los perjuicios cuya existencia atribuye al episodio denunciado. Esos planteos deberán ser analizados durante el proceso judicial.
La etapa que deberá resolver la Justicia
Con la presentación de la demanda quedó cerrada la instancia administrativa y comenzó una nueva etapa en sede judicial. A partir de ahora, será la Justicia la encargada de evaluar la totalidad de la prueba documental, los antecedentes médicos, las eventuales pericias que se produzcan durante el proceso y los argumentos que presenten tanto la demandante como las partes demandadas antes de resolver si corresponde o no hacer lugar al reclamo.
Mientras tanto, Noticias Argentinas informó que reiteró consultas a AstraZeneca, al Ministerio de Salud de la Nación y a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) para conocer su posición sobre el caso y sobre el funcionamiento del procedimiento establecido por la Ley 27.573. Hasta el cierre de la edición, ninguno de esos organismos había emitido una respuesta oficial.