El Tribunal Oral Federal confirmó la sanción a una interna que ocultó tres pastillas de clonazepam en su ropa. Deberá permanecer diez días aislada.
El Tribunal Oral Federal de Paraná confirmó una sanción disciplinaria contra una interna de la Unidad Penal Nº 6, luego de que personal penitenciario le encontrara tres pastillas de clonazepam ocultas entre la ropa durante una requisa. El episodio ocurrió el 3 de septiembre, cuando la mujer se preparaba para ingresar a la Oficina de División Tratamiento Correccional.
Según el informe oficial, las pastillas estaban guardadas en su corpiño y fueron identificadas como medicación controlada cuya tenencia requiere autorización. Por esta conducta, considerada “ocultamiento y tenencia indebida de medicación controlada”, se dispuso como sanción diez días de permanencia en su alojamiento individual o en celdas que no agraven su situación de detención.
La resolución fue dictada este miércoles por la jueza Mariela Emilce Rojas. El fallo dejó sin efecto la sanción registrada para otra interna involucrada en el mismo expediente, al considerar que su situación quedó superada por una condena condicional posterior. Sin embargo, confirmó plenamente la medida disciplinaria aplicada a la interna que tenía el medicamento oculto.
La jueza indicó que el procedimiento administrativo “respetó las normas vigentes”, incluyendo la investigación del hecho, la notificación correspondiente y la participación de la defensa. También destacó que la sanción “se ajustó a las circunstancias fácticas que la motivaron” y que el sumario “siguió los pasos previstos”.
Qué ocurrió durante la requisa
El hecho fue constatado por una oficial adjutor, quien detectó la medicación durante una revisión previa al ingreso de la interna a otra dependencia. El informe indicó que el clonazepam es un psicotrópico sujeto a control y que su posesión sin autorización constituye una falta grave.
La Fiscalía también respaldó la validez del procedimiento, señalando que exigir testigos civiles resulta impracticable en el contexto de una requisa, dada la dinámica y el espacio reducido en el que se realizan. Por ello, consideró suficiente la actuación del personal penitenciario y la documentación oficial labrada en el momento.
Argumentos de la defensa
El defensor público Mauricio Zambiazzo había apelado la sanción, cuestionando la notificación del procedimiento y alegando afectación al derecho de defensa. También sostuvo que no hubo testigos independientes que acreditaran el hallazgo.
Sin embargo, el Tribunal entendió que el abogado fue debidamente notificado, participó del proceso y estuvo presente en la audiencia de descargo. Además, señaló que la resolución disciplinaria estuvo fundada en pruebas concretas.
La importancia de la disciplina interna
La jueza Rojas subrayó que las sanciones administrativas en contexto carcelario buscan garantizar “la disciplina y el orden” dentro del establecimiento, según lo establece la Ley 24.660. La tenencia no autorizada de medicamentos, especialmente psicotrópicos, está expresamente considerada como falta grave.
Con la decisión de este miércoles, el Tribunal confirmó la sanción de diez días de aislamiento para la interna FOD, medida que empezará a cumplirse en su alojamiento habitual o en celdas compatibles con su estado de detención. En cambio, la sanción aplicada a la otra interna quedó sin efecto por haber perdido vigencia tras su posterior situación judicial. (Con información de APF)