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Cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario: ordenaron actualizar salarios docentes y becas

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 dictó medida cautelar para que se cumpla la Ley 27.795, afectada por el Decreto 795/2023. Se solicitó la actualización de salarios y becas en función de la inflación.

23 de Diciembre de 2025
Se establecen la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes.
Se establecen la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes.

REDACCIÓN ELONCE

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 dictó medida cautelar para que se cumpla la Ley 27.795, afectada por el Decreto 795/2023. Se solicitó la actualización de salarios y becas en función de la inflación.

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 dio lugar a una medida cautelar presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), solicitando el cumplimiento de los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. Estos artículos establecen la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales, así como la actualización de las becas estudiantiles en función del índice inflacionario.

El fallo llega en un contexto de creciente tensión entre el sistema universitario y el Poder Ejecutivo. Tras la sanción de la ley, el Gobierno suspendió su aplicación mediante el Decreto 795/2025, argumentando que la norma no contemplaba de manera expresa los gastos necesarios para garantizar el financiamiento de las universidades. Esta suspensión afectó los mecanismos de actualización salarial y de becas establecidos por la ley, lo que generó un conflicto entre las partes.

El impacto de la decisión en el sistema universitario

A finales de octubre de 2025, el CIN presentó una acción colectiva que perseguía dos objetivos fundamentales: solicitar la declaración de inconstitucionalidad del decreto 795/2023 y exigir el cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario. El recurso se centró particularmente en los artículos 5° y 6°, señalando que la falta de actualización salarial y de becas aumentaba la pérdida del poder adquisitivo de los trabajadores y comprometía el acceso de los estudiantes a las becas.

En la argumentación presentada por los actores, se destacó que el incumplimiento de la ley no solo afectaba los ingresos de docentes y no docentes, sino también el acceso de los estudiantes a las becas, lo que vulneraba derechos constitucionales vinculados a la educación y la autonomía de las universidades nacionales. En este sentido, la medida cautelar solicitada tenía como objetivo frenar el perjuicio colectivo generado por la aplicación del decreto.

 

La resolución judicial y las declaraciones del juez

El juez Martín Cormick resolvió a favor del CIN, admitiendo la cautelar solicitada y declarando inaplicable el Decreto 795/2023 en lo que respecta a la Ley de Financiamiento Universitario. En su fallo, el magistrado explicó que el decreto no cumplía con los requisitos necesarios para garantizar el financiamiento previsto por la ley, lo que daba lugar a una "lesión de los derechos o garantías reconocidos". Según Cormick, dicha lesión es "consecuencia del acto u omisión de la autoridad pública de forma clara e inequívoca", sin necesidad de un análisis profundo.

 

Cormick también subrayó que la medida cautelar debería mantenerse hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento necesarias para cumplir con los requisitos establecidos por la ley. En sus propias palabras, el artículo 5° de la Ley 24.629 establece que la ejecución de la ley quedará suspendida hasta que el Congreso dicte las partidas presupuestarias correspondientes.

 

(Con información de MDZ)

Temas:

ley de financiamiento universitario docentes no docentes medida cautelar Juzgado Nacional
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