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Sociedad Prevención de ciberdelitos

Cambió el protocolo para detectar posibles ataques contra escuelas en redes

El nuevo protocolo establece cuándo podrá continuar el monitoreo de publicaciones realizadas por menores ante posibles situaciones de riesgo. El tratamiento de esos contenidos y de datos sensibles seguirá requiriendo autorización judicial.

29 de Julio de 2026
Policía en escuela.
Policía en escuela.

El nuevo protocolo establece cuándo podrá continuar el monitoreo de publicaciones realizadas por menores ante posibles situaciones de riesgo. El tratamiento de esos contenidos y de datos sensibles seguirá requiriendo autorización judicial.

El Ministerio de Seguridad Nacional modificó el protocolo que regula la actuación preventiva de las fuerzas federales ante amenazas contra escuelas difundidas mediante redes sociales y plataformas digitales de acceso público.

 

La medida fue establecida mediante la Resolución 725/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La norma amplía las situaciones excepcionales en las que los agentes podrán mantener el monitoreo cuando existan indicios de un peligro inmediato.

 

El cambio responde al aumento de publicaciones vinculadas con amenazas, planificación o preparación de episodios de violencia masiva en establecimientos educativos. Según el Ministerio, el protocolo anterior no brindaba herramientas suficientes para intervenir con rapidez frente a situaciones graves.

 

 

Qué establece el protocolo para las publicaciones de menores

 

La regla general dispone que los efectivos deberán suspender la tarea de prevención en internet cuando tengan certeza o sospechen que la persona involucrada es menor de edad. La interrupción tendrá que quedar registrada y ser informada a la autoridad responsable.

 

Además, estará prohibido tratar sin autorización judicial los datos sensibles y las publicaciones realizadas por niñas, niños y adolescentes. Las fuerzas deberán respetar las disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales.

 

 

Sin embargo, el monitoreo podrá continuar cuando existan indicios fundados de riesgo para la vida o la integridad física de otros menores. Dentro de esa excepción se incluyen expresamente las amenazas o los preparativos de ataques contra escuelas y otros lugares de concurrencia pública.

 

En qué otras situaciones podrán intervenir las fuerzas

 

La suspensión tampoco será obligatoria cuando el menor se encuentre en riesgo de vida, en situación de desamparo, fugado o sustraído de su entorno. La misma excepción regirá si aparecen indicios de una conducta autolesiva o suicida, aunque no exista certeza sobre la inminencia del daño.

 

Las fuerzas también podrán mantener el seguimiento cuando el menor sea la presunta víctima de un delito cometido en tiempo real a través de internet y detener la tarea pueda impedir su prevención o dificultar la identificación del responsable.

 

 

En cada uno de esos supuestos, el personal deberá explicar detalladamente las razones por las que continuó con la actuación. Esa información tendrá que incorporarse al libro de registro y comunicarse inmediatamente a la autoridad correspondiente.

 

Alcance de la modificación

 

La normativa se aplica a las fuerzas policiales y de seguridad federales que realizan tareas preventivas en sitios web y fuentes digitales abiertas. No habilita el acceso indiscriminado a comunicaciones privadas ni elimina la obligación de solicitar una orden judicial para tratar información protegida.

 

 

El objetivo es permitir una intervención temprana cuando una publicación pública revele un peligro concreto, especialmente ante posibles hechos de violencia en escuelas, sin dejar de proteger los derechos y la privacidad de los menores.

 

La Resolución 725/2026 entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y reemplazó parte del protocolo aprobado por el Ministerio de Seguridad en mayo de 2024.

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