El Programa de Acompañamiento Social mantendrá su asignación mensual para los titulares activos. El beneficio está destinado a grupos específicos que fueron transferidos del antiguo Potenciar Trabajo y depende del Ministerio de Capital Humano.
Los titulares activos del Programa de Acompañamiento Social (PAS), surgido de la transformación del antiguo Potenciar Trabajo, tienen prevista para octubre de 2026 una asignación mensual de $78.000. Aunque el beneficio suele vincularse con ANSES por los mecanismos de consulta y pago, su administración corresponde al Ministerio de Capital Humano y el cobro está condicionado a que cada beneficiario conserve su situación de titular y cumpla las exigencias del régimen.
El importe está establecido por la normativa vigente como una asignación no remunerativa. No se actualiza automáticamente cada mes según la inflación, por lo que no debe confundirse con los aumentos que reciben otras prestaciones previsionales y sociales. Tampoco representa una reapertura de inscripciones para quienes actualmente no forman parte del programa.
El PAS fue creado tras la reorganización del Potenciar Trabajo, que distribuyó a sus beneficiarios entre dos esquemas diferentes: Acompañamiento Social, orientado a hogares en situación de vulnerabilidad, y Volver al Trabajo, centrado en herramientas de capacitación e inserción laboral. La continuidad del primero quedó establecida por un plazo de 48 meses desde abril de 2024, sujeto a disponibilidad presupuestaria.
Quiénes pueden cobrar los $78.000 en octubre
El beneficio alcanza exclusivamente a personas que ya revisten la condición de titulares del PAS y cumplen los requisitos de permanencia. Entre los grupos contemplados se encuentran mujeres y hombres de 50 años o más en situación de vulnerabilidad y mujeres con cuatro o más hijos menores de 18 años.
También incluye a titulares provenientes de las antiguas unidades de gestión dependientes del Poder Ejecutivo nacional que fueron incorporados por encontrarse vinculados a situaciones especiales. La pertenencia a alguno de estos grupos no habilita por sí sola una nueva solicitud: es indispensable estar incluido en el padrón del programa.
El Ministerio de Capital Humano aclara que los beneficiarios actuales no necesitan hacer un nuevo empadronamiento ni recurrir a intermediarios para continuar percibiendo los $78.000. La continuidad depende de las verificaciones previstas y del cumplimiento de las condiciones establecidas por la autoridad de aplicación.
Qué requisitos deben cumplir los titulares
La normativa exige acreditar determinadas corresponsabilidades familiares. Cuando corresponda, se debe presentar documentación sobre controles de salud durante el embarazo, el cumplimiento del calendario nacional de vacunación de los menores a cargo y la regularidad escolar de niños y niñas.
También se contempla la realización de cursos específicos mediante la plataforma digital Formando Capital Humano. Estas actividades buscan ampliar las oportunidades de formación y capacitación de quienes integran el Programa de Acompañamiento Social.
El incumplimiento de las obligaciones o la aparición de una incompatibilidad puede afectar la continuidad del pago. Entre las causales de egreso figuran la renuncia del titular, el fallecimiento y la falsedad u omisión de información debidamente comprobada. Por eso, resulta importante mantener los datos actualizados y atender los requerimientos oficiales.
Qué prestaciones y trabajos son compatibles
Los $78.000 del PAS pueden cobrarse junto con la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y determinadas prestaciones alimentarias, habitacionales o de protección familiar. La reglamentación también contempla a titulares del Monotributo Social, de la categoría A del Monotributo y a trabajadores independientes promovidos.
En materia laboral, existen compatibilidades para personal de casas particulares y determinadas modalidades de empleo temporario o estacional. Quienes tengan un trabajo formal registrado también pueden conservar la prestación cuando su remuneración bruta mensual sea inferior a un Salario Mínimo, Vital y Móvil, siempre que reúnan las restantes condiciones.
En cambio, la regulación establece incompatibilidades vinculadas con el cobro de determinadas jubilaciones y pensiones, la titularidad de más de un inmueble, vehículos de menos de diez años y otras situaciones patrimoniales o de ingresos. También contempla restricciones para quienes se encuentren inscriptos en categorías B o superiores del Monotributo o en el régimen de autónomos.
La continuidad del Programa de Acompañamiento Social durante octubre no implica una prórroga general del antiguo Potenciar Trabajo. Los beneficiarios deben verificar su situación particular por los canales oficiales y evitar gestiones ofrecidas por terceros. Para consultas, se puede acceder a la información del Ministerio de Capital Humano y de ANSES a través de sus sitios institucionales.