Jorge Rossi y David Vainstub deberán prestar declaración indagatoria este miércoles y jueves luego de que el juez federal Leandro Ríos los imputara en la causa por el robo de los hijos mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela.
Jorge Eduardo Rossi y David Vainstub, propietarios del Instituto Privado de Pediatría (IPP), deberán prestar declaración indagatoria este miércoles y jueves, respectivamente, luego de que el juez federal Leandro Ríos los imputara en la causa por el robo de los hijos mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela, nacidos en el Hospital Militar de Paraná en marzo de 1978, durante la última dictadura cívico-militar. Junto al médico Miguel Alberto Torrealday, Rossi y Vainstub son socios propietarios de la clínica a la que fueron derivados los mellizos para ser atendidos por afecciones cardíacas y respiratorias luego del parto.
Las indagatorias habían sido solicitadas el 2 de julio pasado por los fiscales Mario Silva y José Ignacio Candioti, luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná dictara el procesamiento de Miguel Alberto Torrealday, otro socio de la clínica, por permitir el ingreso y permanencia de los mellizos en la sala de neonatología de la clínica privada, donde estuvieron internados con nombre falso (Soledad López) la niña y sin nombre (NN López) el varón; les dio el alta, autorizó su egreso administrativo y su entrega a personas que no eran familiares ni ostentaban ningún poder legal sobre ellos, todo ello sin dar aviso a un Juzgado de Menores.
El 5 de agosto se conoció la decisión del juez Ríos de imputar a Rossi y Vainstub como partícipes secundarios en la comisión de los delitos de sustracción y supresión o alteración de identidad dos menores de 10 años. El magistrado los citó para el miércoles 19 y jueves 20 de agosto, respectivamente. El mismo nivel de responsabilidad tenía Luis Ángel Schroeder, también socio de la clínica, pero fallecido el 30 de junio del año pasado y excluido de la imputación de los fiscales por ese motivo, publicó en esa fecha Página Judicial .
La Cámara Federal, al revocar la falta de mérito y dictar el procesamiento de Torrealday, sugirió "ampliar el círculo de intervinientes, máxime ante la indeterminación de funciones a la que se aduce" (el voto de Daniel Alonso); aunque luego fue más explícito al advertir sobre "la posible intervención de otros sujetos en el hecho investigado, especialmente de quienes revestían la misma calidad de socio en dicha entidad al momento de los hechos, respecto de lo cual habrá de encomendarse al magistrado actuante a que considere una posible ampliación subjetiva de responsabilidad en relación a dichos sujetos" (en palabras de Mateo Busaniche).
De todas maneras, la responsabilidad de los médicos del IPP había surgido durante el juicio celebrado en 2011, en el que fueron condenados los integrantes de la patota del Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario. Allí se probó que los mellizos nacieron en el Hospital Militar y fueron derivados al Instituto Privado de Pediatría: en el libro de producción, donde se asentaban los ingresos y egresos de pacientes y el origen en los casos de aquellos que llegaban derivados de otros centros asistenciales, quedó registrado el ingreso de la nena como "López, Soledad", el 4 de marzo, y del varón como "López, NN", el 10 de marzo, procedentes del Hospital Militar, y su egreso, el 27 de marzo.