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Policiales “Cosificación” y “total impunidad”

Los fundamentos de la condena de 19 años de cárcel para el ex esposo de Julieta Prandi

Claudio Contardi, exesposo de Julieta Prandi, fue condenado a 19 años de prisión por abuso sexual agravado y daño psicológico. El tribunal destacó la violencia sistemática y el contexto de género en el que ocurrieron los hechos.

14 de Agosto de 2025
Julieta Prandi y Claudio Contardi
Julieta Prandi y Claudio Contardi Foto: Infobae

Claudio Contardi, exesposo de Julieta Prandi, fue condenado a 19 años de prisión por abuso sexual agravado y daño psicológico. El tribunal destacó la violencia sistemática y el contexto de género en el que ocurrieron los hechos.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana condenó este miércoles a 19 años de prisión a Claudio Contardi, exesposo de la modelo y conductora Julieta Prandi, tras hallarlo culpable de abusos sexuales reiterados, amenazas, violencia física y daño psicológico durante la convivencia de la pareja.

 

La sentencia fue dictada de forma unánime por los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar, quienes ordenaron la inmediata detención del acusado tras conocerse el fallo. Los hechos juzgados ocurrieron entre el 28 de julio de 2015 y marzo de 2018, en la localidad de Escobar, provincia de Buenos Aires.

 

Según el fallo, los abusos fueron "con acceso carnal ejercidos de manera reiterada bajo amenazas y violencia física y psicológica, generando un grave daño a la salud mental de la víctima".

Claudio Contardi. Infobae
Claudio Contardi. Infobae

 

Un esquema de sometimiento y abuso sistemático

En su resolución, los jueces destacaron que “la materialidad ilícita y la autoría de Contardi han quedado demostradas”, subrayando la reiteración de los abusos, lo que los llevó a considerar cada acto como un delito individual dentro de un concurso material.

 

Todo ello formó parte de un esquema planificado para evitar que la víctima pudiera disponer de herramientas subjetivas para salir de la situación en la que estaba envuelta y perpetrar los abusos con total impunidad”, sostuvo en su voto la jueza Lucía Leiro, quien fue la primera en emitir opinión.

 

El fallo hizo especial énfasis en el contexto de violencia de género, donde se evidenció una clara relación asimétrica de poder, con violencia psicológica y económica que terminó en la cosificación de la víctima, lo que “facilitó los abusos con total impunidad”.

 

Cada abuso, un delito en sí mismo

Entre los elementos agravantes, se destacó también la actitud posterior del imputado, quien ejercía actos vejatorios tras los accesos carnales. Además, el tribunal rechazó el argumento de la defensa sobre un “delito continuado” y fue categórico: “Sin perjuicio que estamos frente a un mismo autor y una misma víctima y una reiteración en el tiempo de actos de las mismas características, cada uno de ellos implica un delito en sí mismo por lo que nos encontramos frente a un concurso material de delitos”.

Julieta Prandi. Indobae
Julieta Prandi. Indobae

Sobre el daño psicológico, el tribunal remarcó que fue “acreditado” mediante informes médicos, test psicológicos y declaraciones de testigos del entorno. Se constató una afectación severa en la salud mental de Julieta Prandi, incluso con necesidad de medicación con antipsicóticos.

 

“La violencia psicológica económica intrafamiliar que fue llevando a la víctima a su cosificación, quedando inmersa en una relación asimétrica de poder para luego perpetrar los hechos”, valoró Leiro en el fallo.

 

La prueba fue clave para acreditar los abusos

El tribunal destacó la contundencia de la prueba recolectada durante el proceso judicial. “Se ha demostrado que Contardi accedía carnalmente a la víctima en forma violenta y sin su consentimiento, tomándola del cuello o del cabello y en algunas circunstancias cuando dormía. Ello ocurrió en forma reiterada entre julio del 2015 hasta marzo del 2018. Fue acreditado por qué esas relaciones sexuales no eran consentidas y la situación en la que estaba inmersa J.L.P. que no le permitía salir de ese contexto de violencia”, señala el documento judicial.

El tribunal que condenó a Contardi. Infobae
El tribunal que condenó a Contardi. Infobae

Pese a los intentos de la defensa por cuestionar el daño alegando falta de diagnóstico clínico específico, el tribunal concluyó que la evidencia era suficiente para confirmar el agravante legal relacionado con el daño psíquico y justificar la magnitud de la pena.

 

La condena a 19 años de prisión se basó en la gravedad, reiteración y prolongación de los delitos, además del daño psicológico comprobado. Aunque se valoró como atenuante la falta de antecedentes penales de Contardi, ello no fue suficiente para reducir la pena.

 

Detención inmediata y registro como abusador sexual

Tras la sentencia, Contardi fue llevado a la DDI de Campana y luego trasladado a la comisaría 5ª de Escobar, donde permanecerá alojado a la espera de un cupo en el Servicio Penitenciario Bonaerense. La dependencia de Escobar cuenta con calabozos transitorios, razón por la cual se realizó el traslado.

 

Además, el tribunal ordenó su inscripción en el Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual, junto con la realización de los exámenes de identificación genética, tal como lo establece la normativa vigente. (Con información de Infobae)

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