Casación bonaerense ratificó la responsabilidad penal del exmarido de la modelo y rechazó otorgarle prisión domiciliaria. Sin embargo, redujo la pena de 19 años a 18 años y seis meses de cárcel.
El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó la condena contra Claudio Contardi por los abusos sexuales cometidos contra Julieta Prandi durante su matrimonio. Los jueces mantuvieron su detención, aunque redujeron la pena inicial de 19 años a 18 años y seis meses de prisión.
La resolución fue adoptada por los magistrados Manuel Alberto Bouchoux y María Florencia Budiño, quienes rechazaron la mayoría de los cuestionamientos presentados por Fernando Sicilia, abogado defensor del condenado.
Entre otros planteos, la defensa había solicitado anular el juicio y concederle prisión domiciliaria a Contardi para que pudiera cuidar a una de sus hijas cuatro veces por semana. Ambos pedidos fueron desestimados.
Casación rechazó el pedido de nulidad
La defensa sostuvo que Contardi no había sido informado correctamente sobre la posibilidad de ser juzgado mediante un jurado popular. Sin embargo, Bouchoux indicó que el acusado había firmado la presentación en la cual su anterior abogado prestó conformidad para realizar el proceso ante un tribunal colegiado.
El magistrado también destacó que Contardi estuvo presente durante la audiencia preliminar en la que se debatió la modalidad del juicio. Budiño adhirió a esos argumentos y señaló que la cuestión ya había sido planteada, resuelta y consentida durante el proceso.
Casación también rechazó los cuestionamientos relacionados con la defensa técnica, la precisión de los episodios denunciados y la valoración de las pruebas efectuada por el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Campana.
La valoración de las pruebas
Los jueces remarcaron que la condena no estuvo sustentada únicamente en el testimonio de Prandi, sino también en declaraciones de testigos, informes periciales y otros elementos que permitieron reconstruir el vínculo matrimonial y el contexto en el que ocurrieron los hechos.
Según determinó la Justicia, los abusos sexuales se produjeron reiteradamente entre julio de 2015 y marzo de 2018. Ante el cuestionamiento por la falta de fechas y horarios precisos, Bouchoux consideró que no resultaba razonable exigir una reconstrucción exacta de cada agresión.
El juez sostuvo además que el matrimonio no permitía presumir el consentimiento sexual. También consideró acreditado el grave daño ocasionado a la salud mental de Prandi mediante los testimonios de profesionales y la pericia oficial.
Por qué redujeron la condena
El único planteo defensivo aceptado parcialmente estuvo relacionado con la determinación de la pena. Casación consideró que el tribunal de Campana no había fundamentado suficientemente una de las agravantes utilizadas para establecer los 19 años de prisión.
Se trató de la valoración de “la actitud asumida por el imputado con posterioridad al hecho y sus características”. Al excluir esa circunstancia, los camaristas establecieron una condena de 18 años y seis meses de cárcel.
El tribunal mantuvo los restantes puntos de la sentencia, incluida la agravante vinculada con el contexto de violencia de género.
Contardi continuará detenido
Casación rechazó nuevamente reemplazar la detención por una medida menos restrictiva. Bouchoux entendió que la condena, aunque todavía no estuviera firme, incrementaba el peligro de fuga.
Asimismo, determinó que las razones relacionadas con sus hijos, su trabajo y su arraigo no resultaban suficientes para concederle el arresto domiciliario. De este modo, Contardi continuará alojado en una unidad penitenciaria.