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Nuevo índice combinado: así se calcularán las jubilaciones a partir de diciembre de 2025

La Subsecretaría de Seguridad Social oficializó el índice que se aplicará a quienes se jubilen desde diciembre de 2025. La medida, publicada en el Boletín Oficial, combina la evolución salarial y la movilidad previsional para actualizar los ingresos de toda la vida laboral.

10 de Noviembre de 2025
índice combinado
índice combinado

La Subsecretaría de Seguridad Social oficializó el índice que se aplicará a quienes se jubilen desde diciembre de 2025. La medida, publicada en el Boletín Oficial, combina la evolución salarial y la movilidad previsional para actualizar los ingresos de toda la vida laboral.

El Gobierno nacional actualizó el mecanismo que se utiliza para calcular el haber inicial de los futuros jubilados. A través de la Disposición 29/2025 de la Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, se aprobó el nuevo índice combinado que regirá para los trabajadores en relación de dependencia que cesen en sus empleos desde el 30 de noviembre de 2025 o soliciten su jubilación a partir del 1 de diciembre de 2025.

 

La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y busca otorgar mayor precisión y equidad en la determinación del ingreso jubilatorio, al reflejar de forma más fiel la evolución de los salarios a lo largo de la vida laboral.

Qué es el “índice combinado”

El índice combinado es una herramienta que se utiliza para actualizar las remuneraciones históricas de los trabajadores antes de calcular el promedio salarial que determina el haber inicial. En otras palabras, permite llevar los sueldos del pasado a valores actuales, considerando la inflación y los aumentos de salarios, para que el cálculo de la jubilación sea más representativo.

 

El nuevo índice surge de lo establecido en el artículo 2 de la Ley 26.417, modificado por el artículo 4 de la Ley 27.609, que dispone una actualización trimestral basada en el promedio entre el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) y el índice de movilidad previsional previsto en la Ley 27.260.

 

Cómo se elaboró el nuevo índice

Según se detalla en la disposición oficial, el cálculo fue elaborado por la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social y aprobado conforme a la metodología establecida por la Resolución N° 3/2021, vigente desde 2021.

El texto lleva la firma de Alexandra Biasutti, subsecretaria de Seguridad Social, y precisa que el objetivo del nuevo índice es garantizar mayor equidad y coherencia en los haberes iniciales.

 

“El índice combinado permite reflejar de manera más precisa la evolución de los ingresos de los trabajadores a lo largo de su trayectoria laboral”, indica la disposición.

 

Impacto en los futuros jubilados

El índice se aplicará exclusivamente a los trabajadores en relación de dependencia que se jubilen a partir de diciembre de 2025, mientras que quienes ya están jubilados continuarán percibiendo sus haberes conforme al sistema de movilidad vigente. (Ámbito)

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