La Secretaría de Energía fijó un nuevo estándar para los equipos de refrigeración de hasta 10,5 kW. El índice mínimo pasará de 5,60 a más de 8,50, aunque la fecha de aplicación todavía deberá ser definida y podrá implementarse por etapas.
Los aires acondicionados que se comercialicen en Argentina deberán alcanzar en el futuro un nivel de eficiencia energética considerablemente mayor. La Secretaría de Energía elevó el estándar mínimo para determinados equipos de refrigeración mediante la Resolución 242/2026, publicada este miércoles 16 de septiembre.
La medida alcanza a los aparatos comprendidos dentro del régimen de etiquetado de eficiencia energética que funcionen en modo refrigeración y tengan una capacidad de hasta 10,5 kW inclusive. El nuevo requisito modifica una regulación que había sido actualizada hace menos de un año.
Hasta ahora, el Índice de Eficiencia Energética Estacional (IEEE) exigido era superior a 5,60. La nueva normativa eleva ese piso a más de 8,50, nivel que, según la resolución, corresponde a la categoría de mayor eficiencia contemplada en la Norma IRAM 62406:2019.
Cuándo comenzará a exigirse el nuevo nivel
El cambio representa un aumento de 2,90 puntos en el indicador, alrededor de un 52% respecto del umbral anterior. Sin embargo, esto no significa que todos los aires acondicionados alcanzados vayan a consumir automáticamente un 52% menos de electricidad, ya que el IEEE mide eficiencia y no establece una relación directa de ahorro entre cualquier par de equipos.
La resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, pero el nuevo estándar no comenzará a aplicarse inmediatamente. La Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos deberá establecer el plazo concreto para su implementación.
Ese organismo también podrá fijar un cronograma por etapas. Por lo tanto, la nueva exigencia ya quedó aprobada, aunque todavía resta determinar desde qué momento los equipos que ingresen al mercado deberán cumplir efectivamente con un IEEE superior a 8,50.
Qué equipos quedan alcanzados
La regulación no obliga a reemplazar los aparatos que ya se encuentran instalados en viviendas. El régimen se aplica sobre los aires acondicionados que se comercialicen y se encuentren dentro de las características técnicas contempladas por la normativa.
Energía justificó el aumento del estándar en los avances tecnológicos registrados durante los últimos años, especialmente por la expansión de los equipos con tecnología inverter, capaces de regular la velocidad del compresor según las necesidades de refrigeración.
Según la resolución, esa tecnología permite reducir los ciclos constantes de encendido y apagado y mejorar la eficiencia energética. También puede contribuir a moderar los picos de demanda sobre las redes eléctricas durante los períodos de mayor utilización de estos aparatos.
Tecnología y cambios en los refrigerantes
La actualización se produce además en un contexto de reconversión tecnológica de la industria. Argentina avanza en los compromisos de la Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal, que promueve la reducción progresiva del uso de refrigerantes con mayor potencial de calentamiento global.
Entre los cambios mencionados aparece la sustitución del HFC-410A por alternativas como el HFC-32. No obstante, la Resolución 242/2026 no establece una prohibición general del refrigerante actualmente utilizado ni obliga por sí sola a adoptar uno específico.
Con el nuevo parámetro, el piso de eficiencia para los aires acondicionados alcanzados será considerablemente más alto que el fijado en octubre de 2025. El impacto concreto sobre la oferta de equipos y su comercialización dependerá ahora del calendario que establezca la autoridad técnica para poner en marcha la exigencia.