Las empresas y contribuyentes deberán informar correctamente la condición frente al IVA del receptor en cada solicitud electrónica. Los sistemas propios y plataformas externas tendrán hasta el 30 de noviembre para adaptarse y evitar que la operación quede sin CAE.
La ARCA incorporará un nuevo control obligatorio dentro del sistema de facturación electrónica que puede impedir la emisión de un comprobante si falta información sobre el cliente. El cambio establece que cada solicitud deberá identificar correctamente cuál es la condición del receptor frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La modificación tendrá especial impacto sobre empresas, comercios y contribuyentes que utilizan programas de gestión propios o plataformas externas conectadas con el organismo recaudador. Esos sistemas deberán transmitir expresamente el nuevo dato cada vez que soliciten autorización para emitir una factura.
La adaptación deberá estar completada antes del 30 de noviembre de 2026. Desde el 1° de diciembre, las solicitudes que tengan el campo vacío, nulo o informado de manera incorrecta podrán ser rechazadas y no obtendrán el Código de Autorización Electrónico (CAE).
Qué dato será obligatorio para facturar
La información que deberá incorporarse es la condición frente al IVA de quien recibe el comprobante. Entre las categorías posibles se encuentran responsable inscripto, monotributista, consumidor final, sujeto exento y sujeto no alcanzado, según corresponda en cada operación.
El dato tendrá que acompañar la solicitud enviada a ARCA antes de que la factura quede validada. Esto implica que el control se realizará en la etapa de autorización y no después de que el comprobante haya sido emitido.
Si la información no coincide con los parámetros exigidos o directamente no es transmitida, el sistema podrá negar el CAE. Sin ese código, la factura electrónica no queda autorizada, por lo que la operación deberá corregirse antes de intentar nuevamente su emisión.
A quiénes afecta principalmente el cambio
Para quienes realizan sus comprobantes directamente desde los servicios de facturación ofrecidos por ARCA, la modificación no debería requerir una carga manual adicional, siempre que los datos fiscales del receptor se encuentren correctamente registrados dentro del sistema.
El principal desafío estará en los programas externos utilizados por empresas, estudios contables, comercios y otras organizaciones. En esos casos, no alcanza con que la condición tributaria del cliente esté almacenada internamente: el software deberá enviarla de manera explícita a la plataforma de ARCA.
Por ese motivo, quienes trabajan con sistemas propios o con proveedores tecnológicos deberán verificar que el campo haya sido incorporado, que tome la categoría correcta de cada cliente y que esa información efectivamente sea enviada en todas las solicitudes de autorización.
Por qué puede trabarse una factura
El punto central del nuevo esquema es que un error técnico o una base de datos desactualizada podrá frenar directamente la generación del comprobante. Incluso si una empresa tiene correctamente cargada la situación impositiva de su cliente, la factura podrá ser rechazada si el programa no transmite ese dato en el formato requerido.
El plazo hasta el 30 de noviembre busca permitir que desarrolladores y contribuyentes realicen pruebas y ajustes antes de que comience el control obligatorio. Desde diciembre, cualquier inconveniente deberá resolverse antes de conseguir el CAE y completar la facturación electrónica.
Además de esta exigencia, la normativa contempla ajustes en determinadas operaciones realizadas en moneda extranjera, especialmente relacionados con el tipo de cambio informado. La ARCA recomienda así que los usuarios de sistemas conectados mediante Web Service revisen con anticipación sus configuraciones para evitar inconvenientes cuando el nuevo control entre plenamente en vigencia.