Había sido sentenciado a un año de prisión efectiva por una serie de estafas bajo la modalidad del “cuento del tío”. No se presentó ante la Justicia, permaneció prófugo y finalmente un juez declaró prescripta la condena.
Un llamativo desenlace tuvo una causa judicial iniciada en 2017 por una serie de estafas cometidas mediante la modalidad conocida como “cuento del tío” en Concepción del Uruguay. Uno de los condenados a prisión efectiva nunca se presentó a cumplir la pena, permaneció prófugo durante años y finalmente la Justicia declaró prescripta la condena.
La investigación se originó en mayo de 2017, cuando dos hombres fueron acusados de cometer al menos cinco hechos de estafa y tentativas de estafa. La causa fue impulsada por la fiscal María Albertina Chichi y tuvo como imputados a Diego Alberto Fariz, oriundo de Ciudadela, provincia de Buenos Aires, y a otro hombre de apellido Pérez.
Tras el avance del proceso judicial, ambos llegaron a un acuerdo de juicio abreviado que fue tratado en agosto de 2021 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, integrado de manera unipersonal por el vocal Fernando José Martínez Uncal, publicó 03442.
La condena y la rebeldía
Como resultado del acuerdo, Pérez recibió una pena de cumplimiento condicional debido a que no registraba antecedentes penales. En cambio, Fariz fue condenado como coautor materialmente responsable de los delitos de estafa y estafa en grado de tentativa reiterada, en concurso real, a un año de prisión de cumplimiento efectivo.
Sin embargo, el condenado no se presentó al momento de ser requerido por la Justicia y permaneció prófugo. Ante esa situación, se declaró su rebeldía y se ordenó su inmediata detención.
A pesar de la orden judicial vigente, Fariz nunca fue localizado para cumplir la condena impuesta.
El pedido de la defensa
Años más tarde, en octubre de 2025, familiares del condenado contrataron a los abogados Jorge Omar Torres y Gonzalo Nicolás Spinso, quienes presentaron un pedido para que se declarara la prescripción de la pena.
Los defensores sostuvieron que habían transcurrido los plazos previstos por los artículos 65, 66 y 67 del Código Penal y acompañaron un informe actualizado del Registro Nacional de Reincidencia, donde no constaban nuevos antecedentes penales computables a nombre de Fariz.
El planteo fue analizado por la Justicia, que revisó el expediente y evaluó la situación procesal del condenado.
La resolución judicial
Al resolver el planteo, el juez Fernando Martínez Uncal entendió que correspondía hacer lugar al pedido de la defensa.
Según se indicó, la sentencia había adquirido firmeza el 11 de diciembre de 2023 y desde entonces no se registraron actos interruptivos de la prescripción ni la comisión de nuevos delitos que modificaran esa situación.
En consecuencia, el magistrado dispuso declarar prescripta la pena de un año de prisión efectiva que pesaba sobre Diego Alberto Fariz, poniendo fin a la ejecución de la condena dictada por las estafas cometidas años atrás.