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Policiales Tobillera electrónica

Contratos: prisión domiciliaria para los contadores Pérez y Faure

La justicia atendió parcialmente el planteo de los abogados defensores y concedió la prisión domiciliaria para los contadores imputados en la causa por las contrataciones irregulares en la Legislatura.

23 de Febrero de 2019

La justicia atendió parcialmente el planteo de los abogados defensores y concedió la prisión domiciliaria para los contadores imputados en la causa por las contrataciones irregulares en la Legislatura.

<b>La jueza Carolina Castagno, del Tribunal de Juicios y Apelaciones, confirmó la prisión preventiva por sesenta días de los contadores Gustavo Hernán Pérez y Roberto Ariel Faure, pero les concedió el arresto domiciliario.

</b>

La novedad se conoció este viernes, apenas pasadas las 15, en los tribunales de Paraná: la magistrada consideró que se mantiene el riesgo de que ambos pudieran entorpecer la investigación, pero ordenó el inmediato traslado de Pérez y Faure a sus domicilios y estableció el uso de una tobillera electrónica para el control de la medida.

 

También les impuso algunas restricciones, como la prohibición de realizar cualquier acción de hostigamiento hacia los testigos de la investigación en la que están imputados, por haber integrado una asociación ilícita que realizó un desfalco millonario a través de contrataciones irregulares en la Legislatura.

 

<b>Mientras tanto, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) debe resolver un planteo efectuado por los defensores para que se les conceda la excarcelación a Pérez y Faure, del mismo modo que lo han hecho con otros imputados en la causa; por eso invocaron ese precedente y consideraron que la prisión preventiva es "excesiva", vejatoria", "infundada" y "violenta derechos constitucionales".</b>

 

 

 

La jueza Castagno, de todas maneras, sostuvo que al analizar si corresponde el encarcelamiento preventivo "no se juzga la culpabilidad del imputado sino los riesgos" y resaltó que en los inicios de la investigación ambos ocultaron pruebas. Concretamente, aludió al "vaciamiento de la oficina" donde funcionaba el estudio contable donde trabajaba Faure, en un edificio de la avenida Alameda de la Federación, que se produjo unos días después de iniciada la pesquisa; y, respecto de Pérez, sostuvo que "eliminó documentación que hasta el día de hoy la Fiscalía no ha podido conseguir", en referencia a un intercambio de mensajes de texto que mantuvo con el imputado Hugo Mena, uno de los tarjeteros de la organización, tras el allanamiento en su domicilio, en el que se jactaban de que los investigadores no habían incursionado en un galpón en el que, aparentemente, guardaban información que podría ser sensible.

 

<b>Antes, el abogado Miguel Ángel Cullen, defensor de Pérez, había cuestionado severamente el fallo de la jueza Marina Barbagelata que prorrogó la prisión preventiva, al que consideró "arbitrario" y "contradictorio" porque "no puede apartarse graciosamente de lo resuelto por el STJ, menos decir que comparte los fundamentos y después fallar en contra. Ahí sí que estamos ante un caso de esquizofrenia del derecho penal y es como si pivoteáramos entre el progresismo y el autoritarismo", se quejó el letrado.

</b>

Asimismo, sostuvo que los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry no habían señalado acciones concretas de entorpecimiento de la investigación y que expliciten el aludido "riesgo procesal" e insistió en que "la jueza Barbagelata intentó explicar que el riesgo está relacionado con la verosimilitud de los hechos; pero debe haber un riesgo concreto, serio idóneo y actual, no basta solo con mencionar la verosimilitud de los hechos".

 

A su turno, Leopoldo Cappa, defensor de Faure, sostuvo que el encarcelamiento preventivo operaba como un "anticipo de pena" para los imputados; al tiempo que remarcó que no existe ningún riesgo procesal con el contador en libertad. De hecho, comparó su situación con la de Alfredo Bilbao, otro integrante del estudio vaciado en octubre, que se encuentra en libertad por disposición del STJ.

 

Fuente: Página Judicial.

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