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Reforma del régimen penal juvenil: Barbirotto detalló cómo funciona el proceso penal para menores en Entre Ríos

Pablo Barbirotto, Juez Penal de Niños y Adolescentes, explicó que "en Entre Ríos, desde 2016, avanzamos muchísimo con un proceso para chicos de 14 o 15 años para delitos muy graves: homicidios, violencias o agresiones sexuales, delitos cometidos con armas".

6 de Marzo de 2025
El Ventilador
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REDACCIÓN ELONCE

Pablo Barbirotto, Juez Penal de Niños y Adolescentes, explicó que "en Entre Ríos, desde 2016, avanzamos muchísimo con un proceso para chicos de 14 o 15 años para delitos muy graves: homicidios, violencias o agresiones sexuales, delitos cometidos con armas".

La reforma del régimen penal juvenil se convirtió en uno de los temas más debatidos en el Congreso, especialmente después del reclamo del presidente Javier Milei y la conmoción generada por el asesinato de Kim Gómez, cometido por dos adolescentes en La Plata. A partir de este contexto, el oficialismo acelera el tratamiento de un nuevo proyecto que propone bajar la edad de punibilidad de 16 a 13 años para los menores acusados de delitos graves.

 

El proyecto, que estará en discusión el miércoles 12 de marzo, reavivó el debate sobre la justicia penal juvenil, y las posibles modificaciones incluyen no sólo el cambio de edad, sino también la implementación de penas alternativas como la amonestación, la prestación de servicios comunitarios y la prohibición de contacto con la víctima, entre otras medidas. Sin embargo, el tema no es tan sencillo. ¿Realmente la reducción de la edad de punibilidad es una solución efectiva para combatir la delincuencia juvenil, o podría haber efectos negativos sobre la resocialización de los jóvenes infractores?

 

El año pasado, tras varias reuniones con especialistas y la participación de distintas comisiones, no se llegó a un consenso. Con el plenario convocado, surge la pregunta: ¿existe un equilibrio entre la necesidad de justicia y la posibilidad de rehabilitar a los menores? Además, ¿qué impacto tendrá esta reforma sobre el sistema judicial y la reinserción social de los jóvenes?

 

Con voces a favor y en contra, la reforma genera muchas interrogantes y promete continuar siendo un tema de intenso debate.

 

El tema fue debatido en El Ventilador, programa que se emite martes y jueves 21.30 por Elonce.

 

Pablo Barbirotto, Juez Penal de Niños y Adolescentes, explicó que “es un tema muy complejo y tratarlo a una semana de un hecho tremendo, como fue el homicidio de una nena de 7 años, no considero que sea el momento adecuado. Desde el punto de vista legislativo y de la criminología, nunca se recomienda tratar temas tan sensibles, como un sistema penal para personas menores de 18 años, cuando ocurre un hecho tremendo como fue este o cuando estamos en contextos electorales cada dos años como ocurre ahora. Esto necesita un debate sumamente profundo, no es solo poner una pena a un chico que cometió un delito. El delito cometido por un chico es una parte, pero no significa que sea el mayor, hay un montón de circunstancias que rodean la cuestión”.

 

Señaló que “cada vez que ocurre un hecho grave o antes de elecciones de medio término porque el derecho penal concita mucho la atención de la ciudadanía. A la clase política dirigente de todos los partidos le da minutos de cámara, de aire, ríos de tinta, al momento de presentar un candidato o una posición”.

 

Consideró que “seguramente el proyecto que se envió va a tener dictamen favorable por el hecho de la niña de 7 años. Por parte del Congreso de la Nación existe la inaplazable obligación de derogar el Decreto-Ley 22278, que es la Ley o Régimen Penal de la Minoridad. Es de 1980, en su momento no había Congreso, la firma Videla. Ese es el régimen que tenemos actualmente en Argentina, donde se piensa que las personas menores de edad tienen más garantías que los adultos y no es así”.

“El segundo punto en el que están todos de acuerdo es en adecuar la normativa argentina a los estándares internacionales, principalmente a la Convención de los Derechos del Niño que tiene una máxima fundamental: la pena en personas menores de edad es la última razón posible salvo que no exista otra medida diferente o que no se pueda buscar otra medida”, dijo.

 

Indicó que “en el punto en que la clase dirigente política no se pone de acuerdo es si hay que bajar la edad de punibilidad. Es punibilidad, no imputabilidad. Todos los proyectos hablan de imputabilidad. La punibilidad es la posibilidad de aplicar la pena merecida, es decir, la facultad que tiene el estado de aplicar una pena. La imputabilidad es otra cosa, es cuando una persona adulta o menor de edad no comprende la criminalidad de sus actos, no puede dirigir sus acciones. Por ejemplo, una persona con una severa enfermedad mental toma un arma de fuego que alguien descuidó y empieza a disparar para todos lados. No tuvo conocimiento, no puede dirigir esa acción, es inimputable. Puede ser una persona de 16 años o de 50”.

 

Sobre por qué no se baja la edad de punibilidad, explicó: “por los datos que tiene el Congreso de la Nación, que el delito cometido por personas menores de 18 años en nuestro país no supera el 3 o 4 por ciento. Si vamos a la franja de menores de 16, es menos del 1 por ciento. El proyecto que se envía al Congreso toma la medición del 2020 a la fecha, lo cual es un poco tramposo porque dice que aumenta el delito considerablemente, pero en 2020-2021 estábamos en pandemia. El ejecutivo dice que las personas menores de edad cometieron 986 delitos. El 32 por ciento de esos delitos fueron cometidos por menores de 16 años, es decir, 315 delitos. El 84 por ciento, es decir, 284 delitos, son delitos contra la propiedad. Solamente de estos 986 casos son delitos contra las personas y contra la vida, como así también resistencia a la autoridad”.

 

 

“El proyecto tiene que ser federal, para todas las provincias. Del número total de delitos cometidos por personas menores de 18 años, el 56 por ciento fueron cometidos en la provincia de Buenos Aires, el 43,5 por ciento en CABA y solo el 0,5 por ciento fue cometido en el resto del país”, indicó.

 

Opinó que “no digo que no hay que hacer nada y dar al chico al servicio de protección. Yo confío en el sistema penal y tiene más garantías que un servicio de protección. Si a un chico de 14 o 15 años lo meto en un servicio de protección lo puedo tener por tiempo indeterminado privado de la libertad, sin la revisión de esa medida, sin hacerle un proceso para determinar si lo alegado contra ellos es verdadero o falso. En Entre Ríos avanzamos muchísimo con un proceso para chicos de 14 o 15 años para delitos muy graves: homicidios, violencias o agresiones sexuales, delitos cometidos con armas. De 2016 a la fecha hubo cuatro delitos cometidos por personas menores de 16 años en la provincia, los cuales tuvieron la oportunidad de pasar por ese proceso”.

 

“La ley de punibilidad en Argentina no es 16 o 17 años, es 18. No se puede poner una pena antes de los 18. Lo que se puede hacer es un proceso para determinar si fue o no el autor y cuando cumple 18 se puede aplicar una pena. Una persona de 16 años puede tener una prisión preventiva en su casa o una residencia de organismo administrativo de protección de derechos, como el Copnaf. No son hogares, son centros de régimen cerrado. En Entre Ríos tenemos muy pocas personas privadas de libertad, dentro de lo que es prisión preventiva. Van a la escuela, a talleres, tienen asistencia psicológica. Cuando cumplen 18 van a la Unidad Penal”, agregó.

 

“Al tema hay que abordarlo interdisciplinarmente. Hay que discutir en la ley como se hizo con la Ley de Medios en su momento: en las universidades, los barrios, en la escuela, comisiones vecinales, con clubes. El índice de reincidencia de personas que en Entre Ríos pasaron por el proceso penal es bajo. No es una solución para las víctimas, hay que hacer la parte del proceso. Si Argentina quiere poner una pena igual que al adulto se la van a declarar inconstitucional y va a ir a la Corte Interamericana”, finalizó. Elonce.com

Temas:

Régimen penal juvenil Edad de punibilidad Baja de la edad de punibilidad
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