Las empleadas domésticas en septiembre tendrán un aumento del 1,8% en los salarios mínimos y comenzará a incorporarse al básico una parte del bono no remunerativo. Los valores varían según la categoría y la modalidad con o sin retiro.
Las empleadas domésticas en septiembre tendrán una actualización salarial del 1,8% sobre los valores mínimos de referencia. Con el incremento, cambiarán los montos que deberán percibir quienes realizan tareas generales, cuidado de personas, trabajos específicos, caseros y supervisión, tanto con retiro como sin retiro.
La liquidación correspondiente a septiembre de 2026 también contemplará el comienzo de la incorporación al salario básico de una parte del bono no remunerativo que había sido establecido originalmente en agosto. Por ese motivo, los empleadores deberán tener en cuenta las nuevas escalas al momento de calcular los haberes.
Los valores establecidos representan pisos salariales y dependen de la categoría en la que se encuentre registrada cada trabajadora y de si presta servicios con retiro del domicilio o permanece en el lugar de trabajo.
Cuánto cobrarán por tareas generales
El personal destinado a tareas generales, una de las categorías más extendidas dentro del régimen de casas particulares, tendrá un valor mínimo de $3.800,93 por hora con retiro. Para quienes cobran de manera mensual, el piso será de $466.298,18.
En la modalidad sin retiro, el valor ascenderá a $4.068,39 por hora y el salario mensual mínimo será de $514.398,21.
Los caseros, cuya actividad se desarrolla bajo la modalidad sin retiro, tendrán los mismos valores: $4.068,39 por hora y $514.398,21 mensuales.
Cuidado de personas y tareas específicas
Para quienes realizan asistencia y cuidado no terapéutico de personas, la remuneración mínima con retiro será de $4.068,39 por hora y $514.398,21 mensuales.
En el caso del personal dedicado al cuidado de personas sin retiro, los valores aumentarán hasta $4.515,71 por hora y $569.034,43 mensuales, sostuvo Los Andes.
Por su parte, el personal para tareas específicas, categoría que contempla actividades que requieren una especialización determinda, tendrá un mínimo de $4.299,27 por hora y $526.312,55 mensuales con retiro. Sin retiro, corresponderán $4.679,93 por hora y $581.711,84 al mes.
Cuánto cobrarán los supervisores
La categoría de supervisores continuará con las remuneraciones mínimas más elevadas del régimen. Para quienes trabajan con retiro, el valor será de $4.518,67 por hora, mientras que el salario mensual llegará a $563.692,98.
En la modalidad sin retiro, la hora tendrá un piso de $4.916,05 y el haber mensual alcanzará los $623.701,23.
Estos importes corresponden a los salarios básicos mínimos. Al momento de realizar la liquidación deberán agregarse, cuando corresponda, conceptos como antigüedad, zona desfavorable y horas extras.