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Política Fue enviado al Congreso este miércoles

Universidad Pública, turismo e INADI: otros puntos en la Ley Ómnibus

A medida que pasan las horas, se conocen cada vez más artículos o leyes que tratará de modificar Javier Milei durante su mandato. Conocé los principales puntos sobre las universidades públicas, el turismo y el INADI.

27 de Diciembre de 2023
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A medida que pasan las horas, se conocen cada vez más artículos o leyes que tratará de modificar Javier Milei durante su mandato. Conocé los principales puntos sobre las universidades públicas, el turismo y el INADI.

El proyecto de "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" enviado hoy al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional pretende suprimir la caracterización del turismo como "un derecho social y económico" de las personas y la obligación del Estado nacional de "elaborar obras públicas turísticas", al tiempo que se propone "impulsar e incentivar las inversiones privadas", tanto de capitales nacionales como extranjeros, en el sector.

 

La ley ómnibus que presentó la administración encabezada por el presidente Javier Milei apunta a la derogación de dos leyes de promoción de la actividad turística y procura modificar aspectos sustanciales de otras dos.

 

El Capítulo II del proyecto, deroga la Ley Nacional N° 17.752, que data de 1968, cuando en Argentina gobernaba la dictadura cívico militar encabezada por Juan Carlos Onganía, la cual promovía a través de exenciones impositivas la construcción y equipamiento de "hoteles de turismo internacional" en diversas localidades del país, entre ellas: la ciudad de Buenos Aires, Bariloche, Mendoza, Jujuy, Salta y en los Parques Nacionales de Nahuel Huapi e Iguazú.

 

La iniciativa de la Casa Rosada también se propone derogar la Ley Nacional N° 21.056, sancionada en 1975 por el Gobierno de Isabel Martínez de Perón, que impulsaba la exhibición en medios de transporte y en oficinas comerciales de Argentina en el extranjero de fotos y afiches promocionales de destinos turísticos nacionales.

 

Desde el artículo 484 hasta el 496, el proyecto de "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" se ocupa de la Ley Nacional N° 25.599 de Turismo, que contempla los requisitos con los que deben contar las agencias de viaje que brinden servicios a contingentes estudiantiles.

 

 

 

El artículo 486 del proyecto modifica el artículo 5° de la Ley N° 25.599, cuyo último punto exige "cantidad de servicios programados, vendidos o reservados, indicando la fecha de salida prevista de los contingentes, establecimiento educativo al que pertenecen, destino, hotel en el que serán alojados, transporte a utilizar y todos los servicios que se incluyan. Se deberá especificar expresamente el precio total y el precio por contingente, la calidad, el tipo y la categoría de los diferentes servicios. Asimismo, salvo que se trate del año de iniciación de la actividad, se deberá acompañar una memoria en la que se consigne el detalle estadístico de la actividad realizada el año anterior".

 

El nuevo artículo 5° de esta normativa, solicita, en cambio, solo la presentación de "una memoria en la que se consigne el detalle estadístico de la actividad realizada el año anterior".

 

Por otra parte, el artículo 487 modifica las multas establecidas en el artículo 6° de la Ley N° 25.599, estableciendo en este caso una sanción de "hasta MIL (1000) UVAs" por el incumplimiento de los deberes allí mencionados.

 

Además, entre los artículos 490 y 496, el texto del proyecto de ley agrega siete artículos acerca de los plazos en que estarán vigentes las sanciones por incumplimientos.

 

 

 

En tanto, seis artículos del proyecto de ley -del 478 al 483- buscan derogar y modificar parte del articulado de la Ley Nacional de Turismo, la N° 25.997, cuya vigencia data de 2005, cuando gobernaba Néstor Kirchner.

 

La iniciativa presentada hoy elimina el Comité Interministerial de Facilitación Turística, cuya misión era coordinar las "funciones administrativas" de las distintas reparticiones nacionales vinculadas a la actividad turística.

 

Otro de los pasajes centrales de la Ley N° 25.997 que busca ser modificado es el artículo 8, al quitar entre las facultades de la autoridad de aplicación la realización y/o administración de obras de infraestructura turística y el otorgamiento de subsidios a las entidades oficiales de turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias.

 

Referido a la financiación del Instituto Nacional de Promoción Turística, el artículo 17, otro de los que buscan ser modificados, suma la posibilidad que se nutra de aportes privados y elimina la chance de que nuevos impuestos nacionales puedan ser creados para tal fin.

 

Plantean la eliminación del INADI

 

 

El Gobierno nacional propuso hoy al Congreso la eliminación del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) mediante un artículo que impulsa la derogación de la ley que lo creó en julio de 1995.

 

 

 

A través del artículo número 348 del apartado de Justicia de la denominada "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", el Poder Ejecutivo expone la derogación de la Ley 24.515 que tenía por objeto la creación Inadi como entidad descentralizada y que durante la gestión pasada se ubicó bajo la órbita del entonces Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

 

 

 

El Instituto fue creado para llevar a cabo "la elaboración de políticas nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones para tal fin", según el artículo 2 de la Ley que le dio origen sancionada el 5 de julio de 1995.

 

Entre sus atribuciones y funciones se cuentan el diseño e impulso de campañas educativas tendientes a la valorización del pluralismo social y cultural; la eliminación de actitudes discriminatorias, xenofóbicas o racistas así como la recepción y centralización de denuncias sobre conductas discriminatorias, entre otras.

 

 

 

Actualmente, la entidad tiene como interventora designada a Greta Pena, abogada, periodista y especialista en políticas públicas de derechos humanos, igualdad y no discriminación.

 

El presidente Javier Milei envió esta tarde a la Cámara de Diputados el proyecto de "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos", en la que pide al Congreso declarar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

 

El texto fija que el plazo para la emergencia podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de dos años.

 

La iniciativa está firmada por Milei, el jefe de Gabinete Nicolás Posse, y los ministros del Poder Ejecutivo consta de 183 páginas y 664 artículos.

 

Esta semana el Gobierno formalizó el llamado a sesiones extraordinarias en el Congreso Nacional desde ayer -26 de diciembre- hasta el 31 de enero del 2024 para tratar un paquete de iniciativas impulsadas por el oficialismo.

 

¿Qué medidas se esperan en las universidades públicas?

 

 

El proyecto de ley "ómnibus" enviado hoy al Congreso por el Poder Ejecutivo establece que se podrá tomar un "examen censal obligatorio" a todos los estudiantes de educación secundaria "al finalizar sus estudios", mientras que en materia de educación superior propone que "las instituciones de gestión estatal y las universidades nacionales podrán establecer aranceles" para extranjeros no residentes, además de la "evaluación periódica" de los docentes.

 

La iniciativa "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" sustituye, en la Sección I (artículo 548), el artículo 95 de la ley 26.206 de Educación Nacional y agrega que a la evaluación periódica de los alumnos "al finalizar los estudios de educación secundaria el Estado Nacional tomará un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan" y que "el alumno tendrá derecho a conocer y recibir una certificación del resultado".

 

Además, modifica en el artículo 553 el artículo 2 bis de la ley 24.521 de Educación Superior que dice que "los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos".

 

En su lugar, establece que "los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos".

 

Y agrega que "las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero".

 

También, el artículo 556 de la norma sustituye el artículo 58 de la ley de Educación Superior y dispone que "el aporte del Estado Nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal se distribuirá en función del número de estudiantes matriculados en cada institución, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su área de formación y también el número de egresados y otros criterios que se definan".

 

La norma vigente dice que "el aporte del Estado nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal no puede ser disminuido ni reemplazado en ningún caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administración pública nacional".

 

El proyecto en su artículo 552 establece que las provincias, "a cuyo cargo se encuentra la gestión de la educación en los distintos niveles, acordarán cada una de ellas en su jurisdicción, las condiciones laborales, el calendario educativo, el salario mínimo docente y la carrera docente".

 

El artículo 545 incorpora el inciso J del artículo 76 (formación docente, ley 26.206), que propone "evaluar a los docentes que se incorporan a la docencia mediante un examen que certifique los capacidades y conocimientos adquiridos".

 

Asimismo, "la evaluación periódica será una condición y un aliciente para poder desempeñarse como docente en el país".

 

El texto incorpora el inciso K para "revalidar las capacidades y conocimientos de docentes cada cinco años mediante un proceso de evaluación continua".

 

El proyecto presentado esta tarde tiene como objetivo "promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales", dice en su artículo 1.

 

Contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo Nacional de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social, con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo específicamente previsto.

 

Los propósitos de la iniciativa son "la promoción del derecho fundamental a la libertad individual".

 

"Los habitantes de la Nación tienen derecho a ejercer sus libertades sin injerencias indebidas por parte del Estado" (inciso a, artículo 2), dispone.

 

El texto, que abarca una serie de iniciativas contempladas en el DNU que firmó el presidente Javier Milei la semana pasada, fija que el plazo para la emergencia podrá ser prorrogado por el Ejecutivo por el plazo máximo de dos años.

 

La iniciativa está firmada por Milei, el jefe de Gabinete Nicolás Posse, y todos los ministros, y consta de 183 páginas y 664 artículos.

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