El gobierno nacional oficializó el Bono Extraordinario Previsional para jubilados y pensionados con haberes más bajos, como compensación por el impacto de la anterior fórmula de movilidad.
Bono para jubilados.
El Gobierno nacional dispuso el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional de hasta 70.000 pesos, que será abonado en febrero de 2026 a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas que perciban sus haberes a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
La medida fue oficializada mediante el Decreto 65/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y publicada este miércoles con fecha 28 de enero en la Ciudad de Buenos Aires.
Según se indicó en los considerandos, el bono se creó como mecanismo de compensación por los efectos negativos generados por la fórmula de movilidad jubilatoria establecida por la Ley 27.609, que rigió hasta su modificación en julio de 2024. El texto sostuvo que dicha normativa “no resguardaba el riesgo inflacionario” y provocó una pérdida del poder adquisitivo, especialmente entre los adultos mayores de menores ingresos.
A quiénes alcanza
El refuerzo alcanzará a:
- Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Beneficiarios de regímenes especiales derogados o ex cajas provinciales y municipales transferidas a la Nación.
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y pensiones graciables.
- Todos los beneficios deberán encontrarse vigentes al momento de la liquidación para poder acceder al bono.
- Cómo se determina el monto
El decreto estableció dos criterios:
Quienes perciban un haber igual o inferior al haber mínimo previsional recibirán el monto total de 70.000 pesos.
Quienes superen el haber mínimo recibirán un monto variable, equivalente a la suma necesaria para alcanzar el tope del haber mínimo más el bono máximo.
En el caso de pensiones con copartícipes, se considerará un solo titular a los fines del cobro.
Sin descuentos ni retenciones
El bono tendrá carácter no remunerativo, no será susceptible de descuentos y no será computable para ningún otro concepto previsional o asistencial.
Además, la norma facultó a la ANSES a dictar las disposiciones necesarias para la implementación, control y eventual recupero de percepciones indebidas, mientras que la Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
La medida entró en vigencia el mismo día de su dictado y se inscribió dentro del esquema de asistencia que el Estado nacional aplicó desde enero de 2024 para sostener los ingresos de los sectores previsionales más vulnerables.