REDACCIÓN ELONCE
Un jurado popular consideró que Oscar Ramírez actuó en un contexto de legítima defensa, pero excedió los límites permitidos por la ley. Permanecerá detenido hasta la audiencia de cesura.
Homicidio en exceso de legítima defensa fue el delito por el que un jurado popular declaró culpable este jueves a Oscar Ramón Ramírez, de 27 años, por la muerte de Claudio Fabián Ayala, ocurrida en noviembre de 2024 en el paraje Las Delicias, departamento Federal.
El veredicto fue emitido tras tres jornadas de debate y cerca de cuatro horas de deliberación de los doce integrantes del jurado popular. La decisión se adoptó en el marco del legajo judicial “Ramírez, Oscar Ramón s/Homicidio simple”, que se desarrolló bajo la modalidad de juicio por jurados.
Luego de conocerse la resolución, el juez técnico y vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, Pablo Garrera Allende, fijó para el 11 de junio a las 9 la audiencia de cesura, instancia en la que se debatirá la pena que deberá cumplir el acusado.
Prisión preventiva hasta la definición de la condena
Durante la audiencia, el magistrado también hizo lugar al pedido formulado por los fiscales Eugenia Molina y Martín Irurueta, quienes solicitaron la prisión preventiva efectiva de Ramírez hasta la realización de la audiencia de cesura.
La medida fue acompañada por el querellante particular, Leonardo Millicovsky, y aceptada por el juez. De esta manera, el joven permanecerá detenido mientras se define la condena que recibirá por el hecho.
En tanto, la defensa estuvo a cargo de la defensora pública María del Carmen Molares y del defensor oficial Eduardo Garay, quienes asistieron al acusado durante todo el proceso judicial.
El hecho ocurrió en noviembre de 2024
La investigación tuvo su origen en un episodio registrado durante la madrugada del 30 de noviembre de 2024 en el paraje Las Delicias. Según se ventiló durante el juicio, Ramírez atacó con varias puñaladas a Claudio Fabián Ayala, de 25 años y oriundo de Colonia Federal.
De acuerdo con lo expuesto en el debate, la víctima era el exnovio de la actual pareja del acusado. Tras analizar las pruebas y testimonios incorporados a la causa, el jurado concluyó que el imputado actuó en una situación vinculada a la legítima defensa, aunque excediendo los límites que contempla la legislación penal.
Por ese motivo fue declarado culpable de homicidio simple en exceso de legítima defensa. Este proceso constituyó el juicio por jurados número 162 realizado en Entre Ríos desde la implementación de este sistema de juzgamiento penal en la provincia.