La Justicia ordenó indemnizar a una abogada que nunca pudo reprogramar sus pasajes cancelados durante la pandemia. El viaje costaba $16.000 y recibirá una compensación de 30 millones de pesos.
La Justicia condenó a Despegar y Aerolíneas Argentinas a pagar una indemnización cercana a los 30 millones de pesos a una clienta que nunca logró reprogramar un vuelo cancelado durante la pandemia de Covid-19.
El fallo fue dictado por la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de Bahía Blanca y ratificó una sentencia de primera instancia que había responsabilizado a ambas empresas por incumplimientos vinculados a la cancelación de dos pasajes aéreos adquiridos en 2019.
La demandante, una abogada identificada como P.F.C., había comprado dos tickets a través de la plataforma de Despegar para viajar desde Bahía Blanca hacia Ushuaia entre el 24 y el 31 de marzo de 2020. Sin embargo, los vuelos fueron cancelados debido a las restricciones sanitarias impuestas durante la pandemia.
Reclamos y respuestas insuficientes
Según surge de la resolución judicial, la mujer intentó en reiteradas oportunidades obtener una reprogramación del vuelo o el reintegro del dinero, aunque aseguró que solo recibió respuestas insatisfactorias.
La damnificada también presentó reclamos ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y mediante correos electrónicos. Tiempo después, la empresa le informó de manera automatizada que los pasajes se encontraban “abiertos” para ser reprogramados.
No obstante, cada vez que intentaba modificar la fecha desde la página web, el sistema impedía concretar la operación y mostraba un mensaje indicando que la empresa se comunicaría con ella, algo que nunca ocurrió.
Los argumentos de las empresas
Despegar sostuvo durante el juicio que actuaba únicamente como “intermediaria” entre los usuarios y las aerolíneas y afirmó que las políticas de cancelación dependían exclusivamente del transportista.
Por su parte, Aerolíneas Argentinas planteó distintas defensas legales, entre ellas la prescripción del reclamo y la inaplicabilidad de la Ley de Defensa del Consumidor al transporte aéreo. Además, argumentó que la pasajera no había reprogramado el vuelo dentro de los plazos previstos.
Sin embargo, los jueces Jorge Mercado y Leopoldo Peralta Mariscal rechazaron todos los planteos y remarcaron que las compañías incumplieron la Ley de Sostenimiento y Reactivación Turística, que obligaba a ofrecer opciones de reprogramación, vouchers o devolución del dinero.
“Ocultación de información”
En uno de los tramos del fallo, el tribunal sostuvo que las empresas incurrieron en una “ocultación de la información” respecto de los derechos que tenía la consumidora.
Asimismo, la Cámara confirmó una sanción de 25 millones de pesos en concepto de daño punitivo por considerar que existió una conducta corporativa grave. La suma será actualizada por inflación e intereses, por lo que la indemnización final rondará los 30 millones de pesos.
Los magistrados, en tanto, rechazaron el reclamo por daño moral al considerar que no se acreditó una afectación psicológica o emocional que excediera los “trastornos de la vida cotidiana”. (iProfesional)