Un vecino obtuvo un fallo favorable tras ser incorporado indebidamente en una base de datos comercial, lo que le impidió acceder a créditos y generó graves consecuencias personales y familiares. La sentencia ordenó una indemnización millonaria y aplicó daño punitivo.
Registro de morosos erróneo fue el eje de un fallo judicial que volvió a poner bajo la lupa la responsabilidad de las empresas en el manejo de datos personales y crediticios. La Justicia civil de Pergamino condenó a una cadena de venta de electrodomésticos a indemnizar con 2,8 millones de pesos a un ciudadano que fue incluido indebidamente como deudor moroso en una base de datos comercial, situación que le impidió acceder a productos financieros y derivó en un grave perjuicio económico y moral.
El caso se originó a partir de una demanda por daños y perjuicios iniciada luego de que al hombre se le negara un paquete de tarjetas y un préstamo bancario. Según surge del expediente, en mayo de 2024 una entidad financiera le informó que figuraba con una referencia comercial negativa atribuida a una supuesta deuda con la empresa demandada, lo que motivó el rechazo automático de su solicitud crediticia.
En lista de morosos
El demandante explicó que había iniciado trámites para acceder a beneficios bancarios, pero el banco detectó su inclusión como moroso en una base de datos privada, concretamente en el sistema de NOSIS. Allí figuraban tres facturas presuntamente emitidas entre 2006 y 2007, cargadas por un empleado de la cadena de electrodomésticos.
Desde un primer momento, el hombre negó haber realizado esas compras y solicitó a la empresa que acreditara la existencia de la deuda. Requirió, entre otras cosas, contratos, facturas firmadas o pagarés que respaldaran el supuesto vínculo comercial. Sin embargo, la compañía no pudo aportar la documentación solicitada, ni demostrar que el reclamante hubiera efectuado operaciones comerciales con la firma.
Ante la falta de respuestas, el afectado acudió personalmente a una sucursal de la empresa acompañado por el gerente del banco que había rechazado el crédito. Además, envió una carta documento exigiendo la inmediata eliminación de sus datos de la base comercial y la regularización de su situación crediticia. El reclamo administrativo no obtuvo respuesta concreta, lo que derivó en el inicio de acciones judiciales.
Consecuencias económicas y personales
Durante el proceso judicial quedó acreditado que la inclusión del demandante en la base de datos se había realizado por una deuda prescripta, es decir, carente de exigibilidad legal. Esta situación generó consecuencias directas y graves. Según el fallo, la imposibilidad de acceder a un crédito bancario le impidió afrontar una intervención quirúrgica que necesitaba su esposa, diagnosticada con una hernia discal cervical.
La documentación médica incorporada a la causa indicó que el valor de la operación ascendía a seis millones de pesos al momento en que el banco rechazó el préstamo. Con el correr del tiempo y la inflación, ese monto se elevó posteriormente a quince millones, profundizando el perjuicio económico para el grupo familiar.
La empresa, por su parte, intentó desvincularse de la responsabilidad. Reconoció que el actor figuraba como cliente por operaciones antiguas, pero sostuvo que no había informado su situación al Banco Central de la República Argentina y que desconocía el origen de la referencia negativa en otras bases de datos crediticias. No obstante, el juez consideró acreditado que la carga errónea en NOSIS se originó en la información proporcionada por la propia firma.
Fundamentos del fallo
La sentencia fue dictada por el titular del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 2 de Pergamino, quien valoró especialmente los informes bancarios incorporados al expediente. Mediante oficio, la entidad financiera confirmó que el rechazo del crédito tuvo como único fundamento la referencia comercial negativa detectada en la base de datos.
El magistrado sostuvo que informar deudas prescriptas a registros comerciales constituye una práctica abusiva que vulnera derechos básicos del consumidor, como el honor, la reputación y el acceso al crédito. En ese sentido, recordó que el Código Civil y Comercial establece que las deudas prescriptas pierden exigibilidad judicial, por lo que su difusión como incumplimientos resulta ilegítima.
El fallo también ponderó el daño moral sufrido por el demandante, al considerar acreditados el estrés, la angustia y la afectación a su buen nombre al figurar como deudor sin serlo. Por este concepto, el juez fijó una indemnización de 600.000 pesos. En cuanto al daño patrimonial, estableció una suma de 1,4 millones, rechazando montos mayores reclamados por falta de prueba documental suficiente.
Además, la sentencia impuso una condena por daño punitivo de 800.000 pesos. El magistrado consideró que la conducta de la empresa fue grave, negligente y merecedora de una sanción ejemplificadora, con el objetivo de desalentar prácticas similares que lesionan los derechos de los consumidores, según publicó Infobae.
Intereses, costas y rectificación
El juez ordenó que la empresa abone un total de 2,8 millones de pesos, más intereses desde la fecha de la carta documento enviada por el actor. Dispuso que la tasa aplicable sea la pasiva más alta fijada por el Banco Provincia para depósitos a 30 días, con un interés compensatorio adicional del 6% anual desde la mora.
Asimismo, estableció que las costas del proceso sean soportadas íntegramente por la parte demandada y difirió la regulación de honorarios profesionales hasta la liquidación definitiva.
Durante el trámite de la causa se incorporaron peritajes informáticos, documentación bancaria y constancias de los intercambios entre las partes. Finalmente, NOSIS informó por correo electrónico que la información había sido rectificada y que el demandante ya no figuraba como deudor en su base de datos.
El fallo pone de relieve la importancia del derecho a la información veraz y la obligación de los proveedores de resguardar los datos personales y la reputación crediticia de los consumidores. El caso expone, además, las dificultades que enfrentan quienes son incluidos erróneamente en registros comerciales y la necesidad de recurrir a la Justicia para reparar daños que pueden extenderse en el tiempo y afectar seriamente la vida cotidiana.