Un tribunal laboral de Mendoza aplicó por primera vez el esquema previsto en la reforma laboral y permitió a una empresa pyme abonar una indemnización en cuotas por un despido ocurrido en 2023.
La reforma laboral sumó un primer antecedente judicial relevante luego de que un tribunal de Mendoza autorizara por primera vez el pago en cuotas de una indemnización laboral, incluso para un despido ocurrido antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa.
La resolución fue adoptada por la Sexta Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción de Mendoza en la causa “Coz Rubén Daniel c/ La Seguridad S.A. p/ Despido”, donde se habilitó a la empresa demandada a cancelar el capital de condena en 12 cuotas mensuales y consecutivas.
El fallo fue considerado de alto impacto para el sector empresario porque validó la aplicación del mecanismo previsto en la Ley de Modernización Laboral a un despido producido el 7 de agosto de 2023, es decir, antes de la sanción de la reforma, publicó IProfesional.
El caso resuelto en la Justicia Laboral mendocina involucra a un empleado despedido por una empresa de seguridad privada, La Seguridad SA.
Qué implica el fallo para las empresas
El abogado laboralista Raúl Oyola explicó que la resolución representa “un respiro financiero” para empresas y pymes, ya que permite evitar el pago inmediato y total de indemnizaciones laborales actualizadas.
Según detalló, el tribunal estableció condiciones estrictas para acceder al beneficio. Entre ellas, indicó que la empresa debe realizar un pedido expreso ante la Justicia y presentar el certificado oficial que acredite su condición de pyme para acceder al máximo de 12 cuotas.
Además, la Cámara aclaró que el beneficio solo alcanza al capital correspondiente al trabajador y no incluye honorarios profesionales ni costas judiciales, que deberán abonarse en un único pago dentro de los cinco días hábiles establecidos.
En cuanto al cálculo de los intereses, se estableció que la empresa deberá liquidar la indemnización con la calculadora de intereses de créditos laborales judicializados provista por el Banco Central de la República Argentina.
Reglas estrictas y riesgo de caducidad
El fallo también fijó límites rigurosos para mantener vigente el plan de pagos. La falta de cancelación de una sola cuota provocará la caducidad automática del beneficio y habilitará la ejecución inmediata de la totalidad de la deuda restante.
Otro punto clave señalado por el tribunal es que el pedido de pago en cuotas debe realizarse antes de que el trabajador impulse la ejecución forzada de la sentencia. En el caso analizado, la empresa presentó la solicitud y depositó la primera cuota dentro del plazo judicial correspondiente.
Oyola recomendó a las empresas actuar con rapidez ante condenas laborales, mantener actualizado el certificado pyme y prever liquidez inmediata para afrontar honorarios y gastos judiciales. También advirtió que las áreas contables deberán llevar un “control milimétrico” de los vencimientos para evitar la caída del plan.
Un antecedente para futuras causas
La resolución judicial abrió un nuevo escenario para las empresas involucradas en litigios laborales, especialmente para las pequeñas y medianas firmas que enfrentan dificultades financieras para afrontar indemnizaciones de elevado monto.
Desde el sector empresario consideran que la posibilidad de financiar las indemnizaciones puede evitar complicaciones económicas y dar mayor previsibilidad frente a sentencias laborales.
El fallo mendocino aparece así como el primer antecedente concreto de aplicación práctica de uno de los puntos centrales incluidos en la reforma laboral impulsada a nivel nacional.