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Policiales Beneficios para un explotador sexual

Otorgan condicional a paranaense condenado por prostituir a una menor en Córdoba

Un hombre de Paraná, condenado por la Justicia de Córdoba por trata con fines de explotación sexual, recibió el beneficio de la libertad condicional; ya tenía arresto domiciliario, con monitoreo electrónico, para cuidar a su madre enferma.

5 de Enero de 2024

Un hombre de Paraná, condenado por la Justicia de Córdoba por trata con fines de explotación sexual, recibió el beneficio de la libertad condicional; ya tenía arresto domiciliario, con monitoreo electrónico, para cuidar a su madre enferma.

La jueza del Tribunal Oral Federal de Córdoba N° 1, Carolina Prado, falló a favor de concederle la libertad condicional a un paranaense condenado en esa provincia por trata de personas con fines de explotación sexual.

 

El hombre de 57 años ya se encuentra en Paraná cumpliendo arresto domiciliario, con monitoreo electrónico, desde el 23 de noviembre de 2022 cuando la justicia le concedió el beneficio para cuidar a su madre enferma.

 

El condenado es Mario Luis Alem, que desde el domingo 21 podrá salir de su casa, pero con restricciones. El planteo que fue aceptado por la jueza fue formulado por la abogada Corina Beisel.

 

Condena e incumplimiento

 

 

Alem fue condenado el 30 de abril de 2021 a cuatro años de cárcel por la explotación sexual de una joven menor de 18 años de Paraná. La víctima fue obligada a prostituirse en un bar regenteado por Dionisia Gumersinda Vega, una mujer conocida como Tía Naty que también fue sentenciada pero a tres años de cárcel.

 

La víctima, de entonces 15 años en 2009, fue captada y trasladada de la capital entrerriana a la ciudad de La Carlota.

 

Tras la condena Alem fue incorporado al régimen de prisión domiciliaria el 21 de mayo de 2021, pero la misma fue revocada el 1 de agosto de 2022, por haber sido violada en dos oportunidades.

 

En esa oportunidad el defensor público oficial, Rodrigo Altamira, solicitó que Alem recibiera domiciliaria para asistir a su madre que vive a tres cuadras de él en Paraná. La jueza del Tribunal Oral Federal N°1, Prado, evaluó que la madre del condenado tiene 77 años, padece hipertensión, sufrió dos ACV y tuvo caídas y golpes.

 

La víctima de Alem opinó que entendía que el hombre debía cuidar a su madre y consideró que si se cumplían las condiciones de la domiciliaria, no tenía objeciones. Agregó que durante los 10 años que transcurrieron desde la fecha del delito no sufrió sufrido amenazas de Alem, ni se sintió en peligro.

 

La jueza concedió el beneficio, ya que el condenado está a cargo de su madre, que es incapaz de valerse por sí misma, previniendo así una eventual situación de desamparo.

 

Rumbo a la condicional

 

 

La actual defensora, Corina Beisel, recordó que el comienzo de la ejecución de la pena de Alem se inició en mayo de 2021 y, a la fecha, se encuentra próximo a cumplir los dos tercios de la misma y agregó que, durante el tiempo de detención en prisión domiciliaria, Alem se ha comportado respetuoso de las normas, con ausencia de reportes negativos de los mecanismos de control y monitoreo dispuestos en el marco del presente legajo de ejecución, cumpliendo así con las demás condiciones de conducta exigidas para posibilitar su libertad.

 

Si bien el Fiscal General, Maximiliano Hairabedián consideró que no corresponde hacer lugar a la libertad condicional solicitada, toda vez que Alem no ha cumplido con la obligación de residencia que fue impuesta al momento de otorgarle la prisión domiciliaria, generando que se revoque la misma en agosto de 2022 y tampoco ha cumplido con los dos tercios de la pena impuesta.

 

Una vez escuchadas las dos partes, la jueza consignó que “corresponde el beneficio para las personas privadas de su libertad, bajo una serie de requisitos positivos y negativos. Los requisitos positivos establecen un lapso de detención a cumplir (dos tercios en la penas temporales por más de tres años en el caso que nos ocupa) y la observancia regular de los reglamentos carcelarios, constituido por la conducta desarrollada por el interno y el concepto (...) por lo que la evaluación de ambos extremos, no vinculantes para el Tribunal, sirven de base para la ponderación de la reinserción social del interno. Por otra parte, los requisitos negativos están contenidos en los artículos 14 y 17 del Código Penal, en tanto prevén que dicho beneficio no puede ser concedido a reincidentes, ni debe haberse revocado una libertad condicional anterior”.

 

En su dictamen la jueza dispuso que Alem obtenga la libertad condicional a partir del domingo 21 y ordenó que fije domicilio, se abstenga de consumir bebidas alcohólicas, que comunique al Tribunal su situación laboral, que no cometa nuevos delitos. Además se dispuso que continue sometido a la supervisión del Patronato de Liberados de la Provincia de Entre Ríos hasta el 21 de mayo de 2025. (Fuente: Diario Uno)

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