La sanción definitiva de la reforma laboral en el Congreso de la Nación estableció por primera vez un marco jurídico específico para los trabajadores de plataformas digitales de reparto y movilidad en la Argentina. La nueva ley crea la figura del “prestador independiente de plataformas tecnológicas” y despeja la principal discusión legal: los repartidores no tienen relación de dependencia con las aplicaciones.
De esta manera, quienes operan a través de plataformas como Pedidos Ya, Rappi y otras apps de delivery o transporte quedan formalmente encuadrados como trabajadores autónomos, sin subordinación laboral tradicional.
Autonomía garantizada por ley
El eje central de la norma es la ratificación de la autonomía. El texto establece que el prestador puede:
-Conectarse y desconectarse libremente.
-Operar en múltiples aplicaciones al mismo tiempo.
-Aceptar o rechazar pedidos sin necesidad de justificación.
-Elegir su medio de transporte (bicicleta, moto o auto).
El director de Asuntos Corporativos de Rappi, Gabriel Buenos, sostuvo que el nuevo esquema “interpreta bien las necesidades de los trabajadores de plataforma”, al preservar la flexibilidad horaria que caracteriza al sector.
Nuevos derechos frente a las plataformas
Aunque mantiene la independencia laboral, la ley incorpora obligaciones que antes dependían de la política interna de cada empresa.
Entre los principales cambios se destacan:
Transparencia algorítmica. Las plataformas deberán informar de manera clara los criterios con los que asignan pedidos y categorizan a los repartidores.
Atención humana obligatoria. Ante bloqueos o suspensiones de cuenta, las empresas deberán brindar una explicación detallada y garantizar un canal de atención con operadores reales. El trabajador tendrá derecho a réplica.
Portabilidad de datos. Los repartidores podrán solicitar su historial de desempeño en formato estructurado para migrarlo a otras aplicaciones.
Propinas garantizadas. La ley asegura que el 100% de las propinas será para el repartidor, incluso si el monto es sugerido por la app.
Seguro obligatorio y obligaciones fiscales
Uno de los puntos centrales es la cobertura de riesgos. La normativa exige que todos los prestadores cuenten con un seguro de accidentes personales que cubra fallecimiento, incapacidad total o parcial, gastos médicos y costos funerarios.
Sin embargo, la ley deja abierto quién asume el costo: la responsabilidad y los gastos asociados al seguro serán “de libre acuerdo entre las partes”, aclarando que su contratación no implica relación de dependencia.
Por su parte, los repartidores deberán:
-Estar inscriptos ante las autoridades fiscales.
-Cumplir con sus obligaciones tributarias.
-Realizar aportes al sistema previsional y de salud para acceder a la Prestación Básica Universal y cobertura médica.
Un marco legal en un contexto económico desafiante
La reglamentación llega en un escenario complejo para el sector. Según el índice APP de la Fundación Encuentro, a fines de 2025 un repartidor promedio necesitaba completar 454 pedidos mensuales para cubrir la Canasta Básica Total de un hogar tipo.
Si bien el nuevo marco aporta previsibilidad jurídica y reglas claras para empresas y trabajadores, el desafío seguirá siendo la rentabilidad real de la actividad en un contexto de alta inflación y costos operativos crecientes.
Con esta ley, el Gobierno formaliza un modelo basado en autonomía y flexibilidad, pero incorpora estándares mínimos de protección y transparencia en una industria que continúa expandiéndose en el país.