REDACCIÓN ELONCE
El proyecto presentado por la diputada nacional de La Libertad Avanza Karen Reichardt para establecer presupuestos mínimos destinados a regular, habilitar y fiscalizar criaderos, refugios y pensionados de animales abrió un debate sobre el tratamiento legal de esas actividades. El juez de Cámara Penal y exfiscal ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Carlos Rolero, expresó fuertes cuestionamientos a la iniciativa en diálogo con Elonce.
El especialista en derecho animal consideró que la propuesta legislativa se contrapone con la evolución que, según explicó, experimentó durante los últimos años la jurisprudencia argentina respecto de los animales como seres sintientes.
“El proyecto sinceramente sorprende por lo fuera de lugar, por lo falto de tiempo en lo que tiene que ver con lo que es la tendencia actual en materia de derecho animal y sorprende, por otro lado, por la cantidad de fallas técnicas con las que cuenta el proyecto”, sostuvo Rolero.
“El proyecto tiene falencias serias”
El exfiscal ambiental cuestionó particularmente que una misma iniciativa pretenda establecer regulaciones para actividades que, desde su perspectiva, tienen características y objetivos diferentes.
“Desde el punto de vista técnico el proyecto tiene falencias serias, desde que se quiere regular una actividad de la cual no se la describe específicamente, se establecen finalidades incompatibles como es el bienestar animal con la actividad de criaderos”, afirmó.
Además, señaló que “se pretende regularizar una serie de actividades que no tienen ninguna vinculación una con la otra” y cuestionó especialmente el tratamiento que la iniciativa realiza sobre los criaderos.
En ese sentido, Rolero manifestó que, a su criterio, el proyecto “en definitiva lo único que hace es trasuntar los intereses de una corporación que claramente tiene que ver con el lucro”.
La diferencia con la tenencia responsable
Durante la entrevista con Elonce, el especialista fue consultado sobre si la iniciativa podía interpretarse como una regulación vinculada con la tenencia responsable de animales.
Rolero descartó esa interpretación. “No tiene nada que ver con la tenencia responsable. Es otra situación completamente distinta”, respondió.
El magistrado explicó que actualmente existen discusiones judiciales relacionadas con el concepto de familia multiespecie y con la incorporación de animales como seres sintientes dentro de los núcleos familiares.
“Hoy los tribunales a nivel nacional están discutiendo los conceptos de familia multiespecie. La tenencia de los seres sintientes se discute en los tribunales de familia. Esta es la tendencia actual”, señaló.
“Pretender revertir esa tendencia es retroceder”
Según Rolero, esa evolución jurisprudencial se produjo progresivamente durante la última década en diferentes jurisdicciones argentinas.
“Esta es una tendencia sostenida que se viene dando en los últimos 10 años en los tribunales de toda la República Argentina”, sostuvo.
Desde esa perspectiva, cuestionó que una legislación nacional pueda avanzar en una dirección diferente. “Pretender revertir esa corriente con un proyecto que lo que hace es retroceder en materia de conceptos, con un proyecto que pretende retrogradar a estados que ya han sido superados”, afirmó.
Rolero recordó además una sentencia obtenida durante 2024 vinculada específicamente con la actividad de los criaderos. “Se ha logrado una sentencia por primera vez a nivel nacional en la cual se ha establecido que la actividad de criaderos, el desarrollo de la actividad de criaderos, constituye maltrato en los términos de la 14.346”, aseguró.
Qué dijo sobre los refugios de animales
Otro de los puntos abordados fue la intención del proyecto de establecer controles sobre refugios. Rolero recurrió a su experiencia durante los cinco años en los que estuvo al frente de la Fiscalía Ambiental porteña.
Según relató, durante ese período encabezaron numerosos allanamientos en criaderos y rescataron a más de 600 animales. En esos procedimientos, destacó especialmente la participación posterior de organizaciones protectoras y particulares.
“Hay que agradecerle, y mucho, a todas las ONG y a todas las personas que se ocupan de la tenencia y de recibir a todos los sintientes rescatados porque vienen a reemplazar una falencia del Estado”, afirmó.
A criterio del especialista, la responsabilidad primaria de atender a los animales rescatados debería recaer sobre organismos públicos.
“El que tendría que estar presente es el Estado”
Rolero enumeró las necesidades que aparecen después de un rescate y destacó el trabajo que realizan las organizaciones de protección animal para cubrirlas.
“El que tendría que estar presente con los sintientes rescatados, apoyando, dando asistencia, dando refugio, medicación, alimento, curaciones, lo que tendría que estar ahí es el Estado”, sostuvo.
Agregó que, ante esa ausencia, existen personas que destinan tiempo y recursos propios a esa tarea. Por ese motivo, cuestionó que los controles planteados puedan concentrarse sobre quienes sostienen refugios.
“Me parece que hoy poner la lupa o pretender ponerla sobre esas personas que trabajan y han trabajado denodadamente en la protección de los sintientes me parece que es, a mi criterio, absolutamente errado”, manifestó ante Elonce.
Cómo se regulan los criaderos en otras jurisdicciones
Consultado sobre las experiencias existentes en otros países, Rolero explicó que no existe un único modelo regulatorio y que las legislaciones atraviesan procesos de transformación.
“La legislación en los distintos países es muy variable. En algunos países tienen regulado lo que tiene que ver con una entrega determinada de los sintientes, en otros países no, en algunos países está prohibido”, explicó.
El especialista señaló que esa diversidad también existe dentro de Argentina y utilizó como ejemplo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Según indicó, en territorio porteño conviven aproximadamente 900.000 perros y gatos integrados a hogares y los criaderos se encuentran expresamente prohibidos.
“No puede haber criaderos habilitados”
“No puede haber criaderos habilitados en la Ciudad de Buenos Aires porque están prohibidos. Ahora, en otras jurisdicciones no hay ninguna reglamentación al respecto”, explicó.
Rolero consideró que cualquier discusión legislativa debería analizarse dentro de la evolución que atraviesa el derecho animal tanto en Argentina como internacionalmente.
“Hoy estamos tendiendo a integrar los sintientes a los núcleos familiares, no a cosificarlos y a regularizar una situación que los trate como cosas con ánimo de lucro”, expresó.
El funcionamiento de los criaderos, según su experiencia
En el tramo final de la entrevista, Rolero fue consultado sobre el funcionamiento de los criaderos que conoció durante los procedimientos realizados cuando estaba al frente de la Fiscalía Ambiental.
“Un criadero tiene una única finalidad que es, justamente, mirá qué paradoja, lo que el proyecto no dice. El criadero tiene un ánimo de lucro”, sostuvo.
Según relató, en los establecimientos allanados encontraron hembras utilizadas reiteradamente para reproducción. “Lo que hace el criadero es básicamente utilizar los animales en beneficio propio, haciéndolos parir sistemáticamente a las hembras sin respetar tiempo, sin respetar enfermedades”, afirmó.
Rolero aseguró que durante los operativos encontraron animales con graves problemas sanitarios. “Hemos rescatado en aquellas oportunidades hembras que tenían consecuencias terribles, cinco o seis embarazos continuos, cesáreas, tenían tumores mamarios y eran utilizadas hasta que su salud no permitía más que pudieran seguir engendrando o morían en alguno de los partos”, relató.
Finalmente, resumió su cuestionamiento al modelo de reproducción comercial: “Así son utilizadas hasta que dejan de tener una vida útil y las crías son vendidas sistemáticamente porque la única finalidad, obviamente, es tener un lucro determinado”.
De esta manera, Rolero planteó ante Elonce sus objeciones al proyecto impulsado por Reichardt y consideró que la discusión legislativa debería contemplar la evolución jurisprudencial vinculada con el bienestar y la consideración jurídica de los animales.