La Ley de Defensa de la Soberanía Nacional enviada por el Gobierno al Congreso amplía las sanciones por explotar recursos en Malvinas sin autorización argentina. Prevé penas de hasta 20 años, multas millonarias e inhabilitaciones para empresas.
La Ley de Defensa de la Soberanía Nacional enviada por el Gobierno de Javier Milei al Congreso endurece las sanciones contra personas y empresas que exploten recursos naturales en las Islas Malvinas sin autorización argentina y amplía el régimen vigente más allá de la actividad hidrocarburífera. La iniciativa ingresó este jueves a la Cámara de Diputados para iniciar su recorrido legislativo.
El proyecto abarca actividades vinculadas con recursos naturales renovables y no renovables en las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur, sus espacios marítimos circundantes y la Plataforma Continental Argentina. De esta manera, el Ejecutivo propone reemplazar el régimen establecido por la Ley 26.659, vigente desde 2011 y concentrado principalmente en los hidrocarburos.
Según informó la Oficina del Presidente, la propuesta se estructuró sobre tres ejes: sancionar la explotación de recursos naturales sin autorización argentina, generar incentivos para que quienes realizan esas actividades desistan de ellas y otorgar al Estado nuevas herramientas para responder ante amenazas externas.
Penas de hasta 20 años por explotar recursos naturales
Uno de los puntos centrales es el endurecimiento de las sanciones. Las personas o compañías que realicen actividades prohibidas podrían recibir multas equivalentes a entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo, además de la suspensión o cancelación de permisos y una inhabilitación de entre cinco y 20 años.
Las penas se agravan cuando las actividades involucren recursos naturales no renovables. Para la prospección y exploración sin autorización argentina se contemplan condenas de entre 12 y 15 años de prisión, mientras que para la extracción, transporte y almacenamiento de hidrocarburos las penas alcanzarían entre 15 y 20 años.
El nuevo esquema también amplía las prohibiciones a otras formas de aprovechamiento de los recursos naturales. A diferencia de la legislación actual, el régimen no quedaría limitado a los hidrocarburos y podría comprender actividades relacionadas con recursos renovables, entre ellas la pesca.
Proveedores y empresas también quedarían alcanzados
Las sanciones no se limitarían a quienes exploten directamente los recursos. El proyecto también alcanza, bajo las condiciones previstas en el articulado, a proveedores, socios, accionistas y controlantes vinculados con las compañías involucradas.
Para los proveedores que participen de esas actividades se establecen penas de entre cinco y siete años de prisión. Además, las multas contempladas para determinadas infracciones podrían llegar al equivalente a tres millones de barriles de petróleo.
Las personas jurídicas sancionadas podrían perder habilitaciones y beneficios impositivos o previsionales, sufrir la suspensión de sus actividades por hasta 30 años y quedar imposibilitadas de desarrollar actividades económicas o contratar en la Argentina durante el período establecido por la sanción. En determinados supuestos, el texto contempla incluso la disolución o liquidación de las sociedades.
Un régimen para quienes abandonen las actividades
Como contrapartida al endurecimiento de las penas, la iniciativa incorpora un Régimen de Desistimiento y Regularización, destinado a personas y empresas que abandonen las actividades cuestionadas y cumplan determinadas condiciones económicas o de inversión dentro de la Argentina.
La incorporación de este mecanismo responde a uno de los objetivos explicitados por el Ejecutivo: no sólo aplicar sanciones, sino también establecer incentivos para que las compañías involucradas cesen sus operaciones sin autorización argentina.
El Gobierno había anticipado el envío del proyecto el 3 de septiembre, en medio de su respuesta al avance del proyecto petrolero Sea Lion en las Islas Malvinas. En aquella oportunidad, la Casa Rosada sostuvo que buscaba fortalecer las herramientas diplomáticas, económicas, judiciales y legales vinculadas con el reclamo argentino.
Crearán un Consejo de Seguridad Nacional
El proyecto excede la cuestión específica de los recursos naturales en el Atlántico Sur. Otro de sus capítulos crea un Sistema de Seguridad Nacional, cuyo órgano rector será un Consejo de Seguridad Nacional encabezado por el Presidente.
El organismo tendrá entre sus integrantes permanentes al jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, además de representantes de la SIDE y la Secretaría Legal y Técnica. Su objetivo será coordinar las áreas diplomática, económica, militar, jurídica, cibernética y de inteligencia.
También tendrá intervención en la protección de infraestructuras consideradas críticas. Según el Ejecutivo, el objetivo es establecer un marco institucional permanente que permita coordinar las distintas áreas del Estado frente a amenazas que comprometan la seguridad y la soberanía nacional.
Qué establece sobre aeronaves y buques hostiles
La iniciativa incorpora además procedimientos para responder frente a aeronaves consideradas hostiles. El mecanismo establece una secuencia de medidas que comienza con la identificación y las advertencias y puede avanzar hacia una demostración de fuerza.
El uso de la fuerza aparece previsto como último recurso y bajo las condiciones fijadas en el proyecto. En el ámbito marítimo, fluvial y lacustre también se contemplan acciones progresivas frente a embarcaciones consideradas hostiles, desde advertencias y maniobras de interposición hasta disparos de advertencia e inutilización.
El hundimiento de un buque quedaría reservado como una medida militar excepcional y requeriría autorización presidencial. A su vez, el proyecto establece que esa acción no podrá utilizarse contra una embarcación civil como sanción ni como simple mecanismo para impedir su fuga.
Medidas frente a amenazas externas
Otra facultad contemplada es la posibilidad de disponer medidas urgentes ante una amenaza externa grave e inminente. Entre las herramientas incluidas aparecen restricciones a operaciones cambiarias y financieras, bloqueos temporales de fondos y activos, suspensión de autorizaciones y contrataciones y limitaciones sobre importaciones y exportaciones.
También podrían establecerse modificaciones temporales sobre derechos aduaneros. Según el proyecto, estas decisiones deberán estar fundamentadas, tendrán una duración determinada y deberán cesar cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su aplicación.
El texto redefine además aspectos de la Defensa Nacional para incorporar amenazas externas provenientes tanto de actores estatales como no estatales y eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).
Restricciones a la influencia extranjera
El proyecto incorpora, además, modificaciones relacionadas con la participación extranjera en la política argentina. Entre ellas figura la prohibición de aportes a partidos y campañas por parte de extranjeros sin residencia permanente y de personas jurídicas extranjeras.
También contempla figuras penales relacionadas con la revelación de secretos a Estados o servicios de inteligencia extranjeros y la colaboración material con operaciones clandestinas de inteligencia.
El articulado incluye además conductas realizadas por cuenta o con financiamiento extranjero destinadas a interferir en procesos electorales, promover campañas coordinadas de desinformación masiva o financiar actos de violencia o sabotaje.
Con la iniciativa ya presentada en Diputados, se abre ahora la discusión parlamentaria y deberá definirse el giro a las comisiones que analizarán su contenido. El Gobierno pidió darle “máxima prioridad y celeridad” al debate.