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Recibió $7 millones por error en una transferencia y no quiso devolverlo

Una mujer fue acusada por el delito de retención indebida tras recibir más de $7 millones por equivocación. El dinero debía ser una cuota alimentaria de $73.000, pero pese a los reclamos y una carta documento, no restituyó los fondos. Ocurrió en Cipolletti.

15 de Octubre de 2025
Recibió una transferencia millonaria por error y no quiso devolverla
Recibió una transferencia millonaria por error y no quiso devolverla

Una mujer fue acusada por el delito de retención indebida tras recibir más de $7 millones por equivocación. El dinero debía ser una cuota alimentaria de $73.000, pero pese a los reclamos y una carta documento, no restituyó los fondos. Ocurrió en Cipolletti.

Una mujer de la ciudad rionegrina de Cipolletti, Río Negro, enfrenta cargos por retención indebida, luego de recibir por error una transferencia millonaria de más de $7 millones y negarse a devolverlos. El hecho se conoció durante una audiencia realizada en los tribunales locales, donde la imputada fue formalmente acusada por la Fiscalía.

 

Según la investigación, el 23 de abril de 2025, la representante legal de una empresa de servicios de ingeniería realizó una transferencia errónea a la cuenta de la mujer, quien debía recibir apenas $73.567 en concepto de cuota alimentaria. Sin embargo, por un error de tipeo, la transferencia fue por $7.356.734, cien veces más de lo estipulado.

Reiterados reclamos sin respuesta

Al advertir el error, la empresa intentó revertir la operación de forma inmediata, pero no tuvo éxito. Desde entonces, el damnificado realizó múltiples gestiones para recuperar el dinero, sin lograr respuesta favorable por parte de la mujer.

 

Ante la falta de devolución, la compañía envió una carta documento el 5 de agosto de 2025, intimándola a restituir el excedente en un plazo de 48 horas. En el documento se le advirtió que, de no hacerlo, se iniciaría una denuncia penal por retención indebida.

 

La imputada ignoró la intimación y, según la acusación, “mantuvo el dinero en su poder y lo dispuso como propio”, lo que configuró el delito tipificado en el artículo 173 inciso 2° del Código Penal, referido a la apropiación indebida de bienes o valores ajenos bajo obligación de devolución.

 

Audiencia y calificación del delito

Durante la audiencia judicial, la jueza de Garantías dio por formulados los cargos y habilitó la investigación penal preparatoria. La Fiscalía sostuvo que el dinero, si bien fue transferido de manera legítima, “se encontraba bajo un título que generaba la obligación de devolución”, por lo que su retención configura una conducta dolosa.

 

Por su parte, la querella —en representación de la empresa afectada— adhirió a la descripción de los hechos y a la calificación legal. En tanto, la defensora pública que asiste a la acusada reconoció los hechos, aunque argumentó que su defendida “tiene la intención de devolver el dinero, pero no cuenta con la totalidad de la suma”.

 

La causa continuará en los próximos días con nuevas diligencias y la evaluación de las pruebas bancarias aportadas por las partes.

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