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Economía Hay tiempo para "apelar"

Cómo averiguar y qué hacer si la AFIP lo excluyó del monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió nuevo listado de monotributistas excluidos que no cumplen con condiciones y parámetros establecidos por el organismo. <b>¿Cómo averiguar si fue excluido y qué hacer?</b>

6 de Septiembre de 2017

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió nuevo listado de monotributistas excluidos que no cumplen con condiciones y parámetros establecidos por el organismo. <b>¿Cómo averiguar si fue excluido y qué hacer?</b>

El organismo recaudador dio a conocer un nuevo listado de excluidos. Hay tiempo de apelar hasta el martes 26.

 

Por un lado, el organismo fiscal contactará vía mail a aquellos monotributistas que lo hayan registrado. Pero los infractores también podrán consultar la ventanilla electrónica del sitio o el portal dedicado a monotributistas, donde hay que colocar su CUIT para verificar la situación. Además, el listado completo se publica en el Boletín Oficial.

 

 

 

Los infractores deben darse de alta en el Impuesto a las Ganancias y el IVA, pagar impuestos sólo mediante transferencia electrónica, emitir facturas por sus operaciones, presentar las declaraciones juradas para la fecha que corresponda de acuerdo con la terminación del CUIT y exhibir el formulario n° 960 de data fiscal.

 

Los monotributistas excluidos pueden apelar a la decisión de la AFIP hasta el martes 26 de este mes.

 

<u><b>Los motivos de la exclusión</b></u>

 

La AFIP excluyó a aquellos monotributistas que hayan infringido las siguientes condiciones:

 

-<i> La suma de los ingresos brutos excede el máximo establecido.

- La superficie o costo de alquiler de los locales superan los máximos establecidos.

- No alcanza la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia para las categorías I, J o K.

- Supera el precio máximo unitario de venta.

- Adquiere bienes o realiza gastos personales por un valor diferente a los ingresos declarados, y estos no se encuentren debidamente justificados.

- Tiene depósitos bancarios que no coinciden con los ingresos declarados en el momento de la categorización.

- Realiza importaciones de bienes o servicios.

- Realiza operaciones sin haber facturado.</i>

 

Fuente: Cronista.com.

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