La Secretaría de Ambiente sancionó a la Municipalidad de Sauce de Luna por irregularidades en la disposición de residuos, incumplimiento de intimaciones y episodios de quema. Además, exigió medidas correctivas en un plazo de 10 días hábiles y advirtió sobre nuevas sanciones.
La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos impuso una multa de $16 millones a la Municipalidad de Sauce de Luna, departamento Federal, por las irregularidades detectadas en el basural a cielo abierto de la localidad. La sanción se fundamentó en deficiencias ambientales y operativas, incumplimientos de requerimientos oficiales y la falta de acreditación de medidas correctivas, además de episodios de quema de residuos constatados en el predio.
La medida quedó establecida mediante la Resolución Nº 616, fechada el 29 de octubre, que también intimó a la administración del intendente Alcides Alderete a regularizar las obligaciones pendientes dentro de los 10 días hábiles posteriores a su notificación. El organismo provincial advirtió que, si persisten los incumplimientos, podrán aplicarse nuevas sanciones, publicó Entre Ríos Ahora.
La disposición también ratificó la prohibición absoluta y permanente de quemar residuos dentro del predio, bajo apercibimiento de disponer una clausura preventiva o el cese definitivo de la actividad ante nuevas infracciones.
Las irregularidades detectadas en el basural
La investigación administrativa tuvo como antecedente una serie de denuncias recibidas por la Secretaría de Ambiente provincial sobre la disposición final de residuos urbanos a cielo abierto. A partir de esas presentaciones, el organismo realizó una inspección técnica en diciembre de 2025 para evaluar las condiciones del establecimiento.
Durante el procedimiento, los inspectores comprobaron que el predio carecía de portón de ingreso y que el camino de acceso, de tierra, presentaba sectores anegados. También encontraron una importante cantidad de residuos mezclados y dispersos, sin organización ni separación por sectores, además de animales dentro del establecimiento.
El relevamiento permitió identificar materiales de construcción, ramas, neumáticos y plásticos acumulados sin clasificación. Según la resolución, “se constataron deficiencias operativas y ambientales significativas”, por lo que se formularon requerimientos destinados a ordenar la gestión de los residuos sólidos urbanos.
Los incumplimientos que motivaron la multa
El expediente administrativo registró antecedentes desde 2020, cuando la Municipalidad de Sauce de Luna inició un trámite relacionado con la gestión integral de residuos sólidos urbanos. Sin embargo, ese procedimiento no llegó a concluirse y tampoco se acreditó posteriormente su finalización.
Tras la inspección de diciembre de 2025, Ambiente solicitó al municipio la elaboración de una línea de base sobre la situación del predio, la caracterización del sistema de recolección existente y una propuesta preliminar para implementar un sistema de gestión integral de residuos sólidos urbanos.
Ante la falta de respuesta a los requerimientos, el organismo provincial dispuso la prohibición inmediata de quemar residuos, inició un procedimiento sumarial y formuló las imputaciones correspondientes contra la Municipalidad.
La resolución consideró especialmente “la pluralidad de incumplimientos acreditados, las deficiencias operativas y ambientales verificadas en el predio de disposición final”, junto con la omisión de respuestas a las intimaciones y las circunstancias relacionadas con los episodios de quema constatados.
El municipio tiene 10 días hábiles para cumplir
La Secretaría de Ambiente resolvió intimar nuevamente a la Municipalidad de Sauce de Luna para que, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación, cumpla con los requerimientos que permanecen pendientes.
El organismo aclaró que el incumplimiento de esa obligación podrá dar lugar a nuevas medidas sancionatorias. Asimismo, reiteró que está prohibida de manera absoluta y permanente la quema de residuos en el predio.
En los fundamentos de la disposición, la Provincia señaló que correspondía considerar “la falta de acreditación del cumplimiento de las medidas expresamente impuestas”, pese a que el municipio había sido notificado y contó con un plazo específico para responder.
La resolución también estableció que la persistencia de las infracciones vinculadas con la quema de residuos podrá derivar en sanciones más severas, incluida la clausura preventiva o el cese definitivo.