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Sociedad La Corte Suprema la rebajó

La Justicia falló a favor de ex empleado de Manaos y le otorgó impresionante indemnización

La Justicia de Mendoza condenó a la empresa productora a pagarle una indemnización de más de 800 millones de pesos, al denunciante que logró acreditar que hubo "maniobras fraudulentas" en su vínculo como empleado. La Corte Suprema la rebajó.

14 de Febrero de 2026
Una de las fábricas de Manaos.
Una de las fábricas de Manaos. Foto: (Redes).

La Justicia de Mendoza condenó a la empresa productora a pagarle una indemnización de más de 800 millones de pesos, al denunciante que logró acreditar que hubo "maniobras fraudulentas" en su vínculo como empleado. La Corte Suprema la rebajó.

Al admitir un recurso técnico en una demanda iniciada hace cuatro años por un ex distribuidor de la gaseosa Manaos en la zona de Cuyo, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza condenó a la empresa productora del refresco a pagarle una indemnización de más de 800 millones de pesos, alrededor de medio millón de dólares, al denunciante que logró acreditar que hubo "maniobras fraudulentas" en su vínculo como empleado.

En su fallo, la Suprema Corte aceptó un recurso extraordinario en una sentencia por el despido del empleado de la compañía Refres Now SA, la razón social de la marca Manaos, agua Villamanaos, gaseosa Bichi y Cunnington, y modificó los términos de la indemnización que se componen ahora por 223.419.076 pesos en concepto de capital y 584.257.217 por intereses, con lo cual el reclamo tendrá un resarcimiento total de 807.676.293 pesos.

 

Tras cuatro años de litigio

 

Si bien la suma prevista en la indemnización es enorme, fuentes judiciales señalaron a la prensa mendocina que en realidad es casi la mitad de lo que había calculado la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael, que llegaba a los 1.500 millones de pesos.

 

A esta resolución final se llegó luego de casi cuatro años de litigio entre el empleado de la planta de San Rafael que durante nueve años, hasta el 2022, se desempeñaba como distribuidor para las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa de la gaseosa.

La base del reclamo fue interpretar su desvinculación como un “despido indirecto” cuando la empresa utilizó un “artilugio” para cambiar la categoría del trabajador de Viajante de Comercio a Promotor, bajo el convenio de Aguas y Gaseosas, una categoría diferente a la que lo amparaba desde el inicio de sus labores.

 

Vínculo de dependencia

 

El denunciante logró acreditar que existió un vínculo de dependencia y que no fue debidamente registrado, por lo que los primeros tribunales que analizaron el caos dieron por probadas las irregularidades y consideraron que se trataba de un despido sin causa.

 

A mediados de 2025, la justicia había llegado a la conclusión que debían pagarle al trabajador cerca de 1.500 millones de pesos, lo que causó gran revuelo en la provincia hasta que intervino la Suprema Corte y morigeró los índices del resarcimiento.

Al admitir parcialmente el recurso interpuesto contra la sentencia de la Cámara Segunda del Trabajo, los jueces de la Corte Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster cambiaron la parte resolutiva del falló y precisaron los alcances y los montos finales de la indemnización.

 

En su fallo, también impusieron las cosas a la parte demandada, la empresa. Desde la compañía, fundada justamente por un distribuidor de sodas en el Gran Buenos Aires, su dueño, Orlando Canido, dijo este viernes ante una consulta del portal Infobae que era “insólito y absolutamente fuera de contexto” lo dispuesto por la Corte mendocina.

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