"En tanto se avance en el proceso penal, a persona goza de la presunción de inocencia, un baluarte muy importante que establece nuestra norma", valoró a <b>Elonce TV</b> el abogado defensor de los Derechos Humanos.
El abogado <b>defensor de los Derechos Humanos, José Iparraguirre</b>, brindó precisiones a <b>Elonce TV</b> sobre las normas del Código Procesal Penal de Entre Ríos, tras el rechazo de la ciudadanía al beneficio de arresto domiciliario al que accedieron los hermanos Alexis Maximiliano y Brian Exequiel Siboldi, sindicados junto al padre de ambos, Oscar Aníbal Siboldi, como los autores del <b>triple crimen</b> ocurrido el 25 de mayo último en Bajada Grande.
"Cuando uno analiza las medidas de coerción, es decir si una persona imputada por un hecho delictivo quedará detenida o gozará de excarcelación y si en caso de quedar detenido lo hará en la unidad penal o bajo la modalidad de arresto domiciliario, lo que tiene en cuenta la norma y las partes que intervienen en el proceso es si existen peligros procesales", aclaró Iparraguirre.
Y continuó: "Los peligros procesales son los de fuga o de obstaculización de la Justicia, es decir, si el acusado de un delito, se va a escapar, evadir, o plantar pruebas, apretar testigos o generar cualquier tipo de situación que pueda obstruir el normal desarrollo del proceso penal".
<cite>"En cualquier caso se puede acceder al beneficio del arresto domiciliario, porque lo que se tiene en cuenta son los peligros procesales"</cite>
Fue en ese sentido que recalcó: "Es importante recordar que <b>el imputado de un delito goza de la presunción de inocencia hasta que no haya sentencia de condena firme que establezca lo contrario</b>, por lo tanto, las medidas de coerción que se discuten, salvo que haya acuerdo entre el fiscal y la defensa ante el juez de Garantías, tienen que tener en cuenta estos criterios".
"El monto de pena por la gravedad del delito es un parámetro que se evalúa para establecer si se le otorga la excarcelación o la prisión preventiva en unidad penal o bajo la modalidad de arresto domiciliario", aclaró al respecto.<b> "No existiendo riesgos procesales, se le debe otorgar la excarcelación</b>, según el planteo que generalmente hace la defensa; o una medida de coerción menos gravosa como el arresto domiciliario".
"Es común que frente a casos graves, se establece, en principio, la prisión preventiva en unidad penal por un plazo de hasta 90 días que se acuerdan con el fiscal o lo determina el juez de Garantías, y avanzada la investigación penal preparatoria, se morigera esta medida de coerción y finalmente se otorga un arresto domiciliario o la excarcelación con medidas de coerción", remarcó.
En relación al caso de los hermanos Siboldi, los que accedieron al beneficio con pulsera electrónica, Iparraguirre valoró que "en ese control se establece un perímetro dentro del domicilio, por lo cual, la persona si violenta ese arresto domiciliario enseguida llega una señal a la Policía o el Servicio Penitenciario y esto significa que pierde el beneficio que tuvo y deberá ir a la unidad penal".
<h5>Sobre la presunción de inocencia</h5>
En la oportunidad, el defensor de los DDHH destacó que, <b>"en tanto se avance en el proceso penal y se investiga si la persona cometió un hecho delictivo, esta persona goza de la presunción de inocencia</b>, un baluarte muy importante que establece nuestra norma y que hasta que no haya una sentencia de condena, en principio, debería gozar de la libertad o una medida de coerción morigerada en caso que correspondiese".
Consultado a Iparraguirre su opinión en relación al rechazo que generó en la comunidad el beneficio judicial para los imputados por el triple crimen registrado hace tres meses en la ciudad, éste estimó: "Tenemos una cultura de política criminal que se instala en los medios y desde la ministra de Seguridad de la Nación, de orden y castigo, por el que se sostiene que los conflictos sociales se tienen que resolver a través de la visión punitiva y con detención, cuando en realidad, <b>para resolver los conflictos sociales, debería primar una visión de respeto por las garantías individuales porque el Estado tiene a su mano todas las herramientas para investigar los hechos delictivos"</b>.
"Hay una disparidad entre las posibilidades de los abogados defensores y las de los fiscales de investigar, porque ellos tienen a la Policía como ayudantes y nosotros no, y hasta tienen la posibilidad de ordenar allanamientos", diferenció Iparraguirre.
Para cerrar, <b>instó a "pensar en una seguridad democrática</b> que pueda quebrar esta lógica punitivista que imperó en estos últimos cuatro años y que fracasó".
<b>"La tasa de delito no disminuye si efectivamente no tomamos otro tipo de medidas"</b>, advirtió. <i>(Elonce)</i>