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Recuerdan la obligación de declarar mejoras en inmuebles  

Desde ATER recordaron a los propietarios de inmuebles que es obligatorio declarar las obras y mejoras constructivas en los inmuebles. Y que la declaración municipal no reemplaza la provincial.

19 de Septiembre de 2025
Declaración de mejoras
Declaración de mejoras

Desde ATER recordaron a los propietarios de inmuebles que es obligatorio declarar las obras y mejoras constructivas en los inmuebles. Y que la declaración municipal no reemplaza la provincial.

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) recuerda a los propietarios de inmuebles que es obligatorio declarar las obras y mejoras constructivas en sus propiedades.

Conforme al artículo 22 de la Ley de Valuaciones, los propietarios o poseedores a título de dueño deben declarar toda modificación o incorporación de metros cuadrados en un plazo de 60 días desde que las mejoras estén en condiciones de habitabilidad. El incumplimiento de esta norma puede derivar en sanciones.

 

La declaración municipal no reemplaza la provincial

En algunas ocasiones, los contribuyentes realizan sus declaraciones únicamente en los municipios, omitiendo la notificación al organismo tributario provincial. Desde la Dirección de Catastro se reitera que las normas vigentes exigen que estas presentaciones se formalicen tanto en la jurisdicción local como en ATER.

 

Cumplimiento voluntario

"Es importante cumplir las normas, principalmente para evitar multas", indicó el director de Catastro de ATER, Mauro Bangert. "Si el contribuyente aporta por un terreno baldío y tiene una propiedad edificada, está infringiendo las normas". En línea con los objetivos del director ejecutivo de ATER, Jesús Korell, se han intensificado los controles para regularizar estas situaciones de manera eficiente.

"Los trámites son muy accesibles y estamos para asesorar y agilizar los procesos, porque siempre es mejor que el contribuyente se presente voluntariamente a tener que hacerlo cuando ya recibió una sanción", destacó Bangert.

 

Asistencia y contacto

Para facilitar estos trámites, se ofrece asistencia personalizada a través de su Servicio de Atención al Contribuyente (SAC) por vía telefónica o correo electrónico.

También se puede encontrar información detallada y formularios en el sitio web oficial de ATER. Otra opción es acercarse a la representación territorial más cercana a su domicilio.

Temas:

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