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Paraná A partir del 1º de septiembre

Moratoria: el Municipio lanza un Régimen especial de Regularización Fiscal

Se destina a contribuyentes y responsables de Tasas y Derechos adeudados a la Municipalidad de Paraná. Las deudas podrán ser saldadas al contado o hasta en 24 cuotas. Los detalles de la moratoria: qué se puede pagar y hasta cuándo.

30 de Agosto de 2023

Se destina a contribuyentes y responsables de Tasas y Derechos adeudados a la Municipalidad de Paraná. Las deudas podrán ser saldadas al contado o hasta en 24 cuotas. Los detalles de la moratoria: qué se puede pagar y hasta cuándo.

Tras efectivizarse la promulgación, por parte del Ejecutivo municipal, de la ordenanza aprobada por los concejales de Paraná en la sesión del 05 de agosto. Entra en vigencia en septiembre, el Régimen Especial de Regularización Fiscal, pudo confirmar Elonce.

El Régimen Especial de Regularización Fiscal, entra en vigencia este 1º de septiembre y permitirá el acceso a planes de pago de deuda tributaria vencida al 30 de junio de 2023 en hasta 24 cuotas en general, con condonación parcial y/o total de intereses y multas.

 

 

 

El Régimen Especial establece un mecanismo de consolidación de deuda en forma digital, facilitando el acceso por parte de los contribuyentes y responsables moroso.

Se prevé que la moratoria se extienda hasta el 28 de septiembre, y se prevé en 24, la cantidad máxima de cuotas.

Además, se disponen condonaciones de hasta el 100% en intereses y multas existentes, en los casos de pago en contado.

 

 

 

Los tributos que incluirá

 

La moratoria incluirá: Tasa General Inmobiliaria, Tasa por Servicios Sanitarios, Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, Fondo Municipal de Promoción de la Comunidad y Turismo, Tasa Solidaria de Contribución para Obra Pública, Fondo Fiduciario de Fortalecimiento de Obras Sanitarias, Contribución de Mejoras, Derecho de Ocupación de la Vía Pública, Derecho de Publicidad, Derecho por Permiso de Uso de Mercados y Ferias, Derechos Cementerio Municipal, Obligaciones derivadas de infracciones en el Juzgado de Faltas, Derecho de Edificación, y Derecho por Niveles y Líneas de Edificación.

 

 

 

Los detalles del Régimen Especial de Regularización Fiscal

 

 

¿Qué tributos incluye? (Vencidas hasta el 30/06/2023)

 

 

-Tasa General Inmobiliaria, Tasa por Servicios Sanitarios

-Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad

-Fondo Municipal de Promoción de la Comunidad y Turismo

-Tasa Solidaria de Contribución para Obra Pública

-Fondo Fiduciario de Fortalecimiento de Obras Sanitarias

-Contribución por Mejoras

-Derecho de Ocupación de la Vía Pública

-Derecho de Publicidad

-Derecho por Permiso de Uso de Mercados y Ferias

-Derechos de Cementerio Municipal

 

Se podrán incluir

 

-Obligaciones tributarias incluidas en planes de pagos formalizados con anterioridad a este nuevo régimen

-Deudas en concursos y en discusión administrativa

-Deudas en gestión judicial

 

 

 

-Importe mínimo de la entrega $1500 TGI-TSS o $3000 TISHPyS. Se abona al momento de la formalización del plan. Valor mínimo de las cuotas $1500 - $3000.

 

-A partir de la cuota 13, la tasa de interés de financiación podrá ser variable.

Contribución por Mejoras, tiene opciones ampliadas de cuotas.

 

¿Cómo se realiza el convenio?

 

Trámite Web

Disponible para contribuyentes de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad mediante SIAT. Titulares de inmuebles desde el portal MiParaná.

 

Trámite Presencial

Solicitar turno en www.mi.parana.gob.ar

Concurrir el día y horario seleccionado a las oficinas de AFIM (calle 25 de Mayo 122), con la documentación requerida para la suscripción del plan.

Podrá elegir la opción de pago más conveniente y formalizar el convenio.

 

Documentación requerida

 

DNI del ?rmante

-Apoderado: Poder General Especial

-Personas Jurídicas: Actas de designación del representante legal

 

Constancia de CBU

-Familiar responsable: Libreta de familia

-Herederos: Declaratoria de herederos

-Inquilino: Contrato de alquiler

 

Familiares, herederos o inquilinos pueden formalizar plan contado por los periodos 2018-2020 y financiado posteriores a periodos 2021.

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