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Economía Redefine derechos y obligaciones

Reforma laboral: el borrador introduce cambios clave para personal doméstico y repartidores

El gobierno avanzó con un nuevo borrador de reforma laboral que modifica reglas para el personal de casas particulares y los repartidores de aplicaciones. Los principales puntos y su impacto en empleadores y trabajadores.

8 de Diciembre de 2025
Cambios estructurales en el régimen laboral.
Cambios estructurales en el régimen laboral. Foto: (Archivo).

REDACCIÓN ELONCE

El gobierno avanzó con un nuevo borrador de reforma laboral que modifica reglas para el personal de casas particulares y los repartidores de aplicaciones. Los principales puntos y su impacto en empleadores y trabajadores.

El último borrador de la reforma laboral elaborado por el gobierno de Javier Milei incorporó modificaciones sustanciales en dos sectores clave: el personal de casas particulares y los trabajadores de plataformas digitales de reparto. El documento, al que accedió Infobae, reformuló aspectos centrales de la relación entre empleadores y trabajadores, con impacto en períodos de prueba, derechos laborales, obligaciones, formalidad documental y alcances del vínculo contractual.

 

En el caso del personal doméstico, el texto redefine el período de prueba para los contratos por tiempo indeterminado. A partir de la eventual aprobación del proyecto, cualquier vínculo nuevo quedaría automáticamente bajo prueba durante los primeros seis meses. En ese lapso, ambas partes podrían dar por terminada la relación sin necesidad de expresar causa y sin que corresponda el pago de indemnización.

El borrador aclara, no obstante, que el empleador no podrá usar el período de prueba para repetir contrataciones que eviten el otorgamiento de estabilidad. “El empleador no podrá contratar a un mismo empleado más de una (1) vez utilizando el período de prueba”, indica el articulado.

 

Nuevas reglas para el personal de casas particulares

 

El proyecto detalla derechos y obligaciones tanto para trabajadores con retiro como para quienes residen en el domicilio laboral. La jornada máxima se fija en 8 horas diarias o 48 semanales, con la posibilidad de organizar horarios de manera desigual siempre que no se supere el límite de 9 horas diarias. El descanso semanal deberá comprender 35 horas corridas desde el sábado a las 13.

 

En materia de vestimenta y herramientas, la obligación patronal de proveer elementos de trabajo podrá cumplirse mediante una suma no remunerativa abonada al finalizar el período de prueba. El borrador también establece que la alimentación brindada debe garantizar una nutrición adecuada de acuerdo con la jornada contratada e incluye desayuno, almuerzo, merienda y cena según corresponda.

Otro punto relevante es la exigencia de contratar un seguro contra riesgos del trabajo conforme las normas vigentes. Para el personal con retiro, se ratifica el derecho a un intervalo mínimo de 12 horas entre una jornada y la siguiente.

 

Sobre los deberes laborales, el texto señala que los trabajadores deben acatar instrucciones, cuidar los bienes del hogar, actuar con diligencia y resguardar la privacidad de los integrantes de la familia. La confidencialidad adquiere un rol central: queda prohibido difundir información personal, política, moral o religiosa obtenida en el ámbito laboral.

 

Pago electrónico y formalidad documental

 

El borrador incorpora cambios en la instrumentación de pagos. Los recibos deberán emitirse de manera electrónica a través del sistema de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Como respaldo, el recibo bancario o la constancia de pago emitida por la entidad financiera será suficiente para acreditar la cancelación de haberes. Con este mecanismo se busca dotar de mayor trazabilidad a las transacciones y facilitar futuros reclamos o controles administrativos.

 

En juicios laborales, los créditos reclamados por el trabajador se actualizarán y generarán intereses según los mismos parámetros de la Ley de Contrato de Trabajo. No obstante, el personal doméstico seguirá estando regulado por su propio régimen, salvo disposiciones explícitas que indiquen lo contrario.

 

Un marco específico para los repartidores de apps

 

El borrador también introduce un régimen legal para los servicios de mensajería urbana y reparto mediante aplicaciones tecnológicas. El objetivo declarado es impulsar el desarrollo de la economía digital y, en paralelo, dejar definida la independencia de los repartidores respecto de las plataformas.

 

El texto describe a la mensajería urbana como la actividad de recolectar y entregar bienes dentro de una ciudad usando cualquier tipo de transporte, incluso a pie. Los repartidores son considerados trabajadores independientes, no empleados, y perciben ingresos por cada servicio que decidan realizar. La relación contractual se establece entre usuario y repartidor, mientras que la plataforma funciona como intermediaria tecnológica.

En este sistema, los repartidores pueden elegir libremente cuándo conectarse, cuánto tiempo trabajar y qué pedidos aceptar. No tienen obligación mínima de horas ni deben justificar rechazos. También definen el medio de transporte, los trayectos y las herramientas de navegación que utilizarán. Además, tienen derecho a conocer en lenguaje claro los criterios con los que las plataformas los clasifican por zonas, desempeño o antigüedad.

 

Obligaciones de plataformas y repartidores

 

Las empresas tecnológicas deberán brindar toda la información necesaria para que cada trabajador decida si acepta un pedido, respetar la libertad de conexión, ofrecer capacitación en seguridad vial y garantizar acceso a elementos de protección cuando corresponda. También deberán habilitar canales simples de reclamos y explicar decisiones relevantes, como bloqueos o suspensiones.

 

Por su parte, los repartidores deberán estar inscriptos ante ARCA, cumplir aportes, informar su CBU o CVU, respetar normas de tránsito y realizar la cantidad de viajes que deseen. Sus derechos incluyen rechazar pedidos sin explicación, recibir el 100% de las propinas, acceder a capacitación gratuita y contar con un seguro de accidentes personales sin que ello configure una relación laboral.

(Con información de Infobae)

 

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