ARCA reglamentó el procedimiento simplificado para exportaciones comerciales realizadas por correo y sin límite de valor. La medida alcanzará a empresas, pymes y emprendedores argentinos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó este lunes el procedimiento simplificado para realizar exportaciones comerciales por correo, modalidad que desde julio dejó de estar sujeta a límites de valor. La medida apunta a agilizar los envíos de mercadería argentina hacia otros países mediante el sistema postal.
Esta decisión fue establecida mediante la Resolución General 5886/2026, publicada este lunes 3 de agosto en el Boletín Oficial. La norma aprobó el procedimiento de declaración simplificada para mercaderías con finalidad comercial que sean exportadas mediante el operador postal designado.
La reglamentación complementó el Decreto 604, dictado el 16 de julio pasado, que había establecido un cambio sustancial: las exportaciones comerciales realizadas por vía postal dejaron de tener un límite de valor. ARCA quedó entonces encargada de establecer las normas operativas necesarias para poner en funcionamiento el nuevo esquema.
Qué cambia para quienes venden productos al exterior
Con la resolución publicada este lunes, ARCA avanzó sobre la instrumentación del sistema mediante una declaración simplificada. Los lineamientos operativos y los pasos necesarios para utilizarlo serán publicados en el apartado de Envíos Internacionales del organismo y en el sitio oficial del operador postal.
El régimen tiene especial interés para empresas, pymes y emprendedores que comercializan productos en el exterior a través del comercio electrónico, ya que la vía postal constituye una alternativa para despachar mercadería fuera del país.
ARCA fundamentó la reglamentación en la expansión del comercio electrónico transfronterizo y señaló que el objetivo fue facilitar el régimen, reducir costos operativos y agilizar las operaciones internacionales.
No todos los productos podrán utilizar el régimen
La eliminación del límite de valor no significa que cualquier producto pueda exportarse mediante el procedimiento simplificado. La resolución estableció una serie de exclusiones que deberán ser consideradas antes de concretar los envíos.
No podrán ingresar al régimen aquellos bienes sometidos a un tratamiento operativo específicamente regulado para el control aduanero. Tampoco podrán utilizarlo las mercaderías alcanzadas por cupos de exportación.
Además, quedarán excluidas las exportaciones de productos que necesiten intervenciones o trámites particulares ante otros organismos públicos. De esta manera, los controles específicos que correspondan por las características de determinadas mercaderías continuarán vigentes.
Cuándo comenzará a utilizarse
La Resolución General 5886 entró en vigencia este lunes, con su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, esto no implica que todo el procedimiento esté operativo inmediatamente.
ARCA estableció que la implementación se realizará de acuerdo con un cronograma que será publicado en su micrositio de Envíos Internacionales. Por ese motivo, quienes pretendan utilizar la modalidad deberán consultar allí las fechas y pautas operativas.
La medida tiene alcance nacional y podrá ser utilizada también por exportadores radicados en Entre Ríos, siempre que las mercaderías y operaciones cumplan las condiciones establecidas.
Con la reglamentación, el Gobierno avanza con la puesta en marcha del esquema de exportaciones comerciales por correo sin límite de valor, aunque mantiene restricciones para mercaderías sujetas a controles específicos, cupos o intervenciones de otros organismos.