

Prohibieron torta negra galesa. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles, a través de su publicación en el Boletín Oficial, una torta galesa negra por distintas irregularidades administrativas. La resolución se formalizó mediante la Disposición 3984/2025, que establece una serie de restricciones sobre el producto y sus registros vinculados.
Según el documento oficial, “la Disposición 3984/2025 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: ‘Torta con frutos secos, desecados, especias, licor y oporto; Torta Negra Galesa; Welsh Pionner; Neuquén, Patagonia Argentina; Elaborado en: Sala de elaboración Artesanal de Alimento (Ley Nac. 18284 - Art. 154-3); Roldan Liliana, Silvia; Los Alelíes C13 8300, Neuquén; RN 15000651; RNPA 15003918’ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA dados de baja, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
La prohibición no solo alcanza al producto específico, sino también a cualquier otro que utilice los mismos registros desactivados. En ese sentido, la disposición agrega que también “prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que exhiba en su rótulo el número de RNE 15000651 y/o el número de RNPA 15003918, por ser un producto falsamente rotulado que utiliza números de RNE y/o RNPA dados de baja, resultando ser en consecuencia ilegal”.
La denuncia se originó en Neuquén y derivó en una inspección
En su considerando, la norma sostiene que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación de la Dirección de Bromatología de la provincia de Neuquén, a través de un incidente federal del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), con relación al producto.
Frente a esto, la Coordinación de Salas de Elaboración de Alimentos, de la Coordinación de Integración Socio Productiva de la Secretaría de Gabinete de la provincia de Neuquén, denunció ante la Dirección de Bromatología de esa provincia, que detectó la comercialización del producto investigado que utiliza un número de RNE de manera irregular.

Al respecto, la Coordinación de Salas de Elaboración de Alimentos informó que la marca “Welsh Pionner” fue desvinculada de la Sala de Elaboración Artesanal RNE N° 15000651 en el año 2020, debido a reiterados incumplimientos al reglamento del establecimiento, quedando así el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 15003918 inactivo; situación que fue oportunamente notificada a las autoridades correspondientes provinciales y a la titular de la marca productora.
Prohibición en todo el país
Además, en febrero de 2024, la coordinación notificó a la Dirección de Bromatología Provincial, sobre el cierre de la Sala de elaboración Artesanal de Alimentos, y solicitó que se otorgue la baja al registro N° 15000651.
En consecuencia, la Dirección de Bromatología de la provincia de Neuquén realizó una inspección en el comercio denunciado, donde constató la comercialización del producto investigado, y procedió a su decomiso inmediato. El operativo se realizó en el marco de las facultades de fiscalización que poseen las autoridades sanitarias provinciales.
Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara su forma de elaboración, no podrá ser producido en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina. Con esta medida, la ANMAT busca proteger la salud pública y evitar el consumo de alimentos que no cumplen con los requisitos legales y sanitarios vigentes.