La jueza de Paz subrogante de Cerrito se declaró competente para entender en amparo colectivo interpuesto por comerciantes y vecinos contra una medida del Concejo Deliberante para derogar la ordenanza que regula grandes superficies.
En Cerrito se oponen a grandes comercios. La Justicia resolvió intervenir en la controversia que generó la intención del Concejo Deliberante de la ciudad de Cerrito de derogar la Ordenanza Municipal N.° 952/2017. La jueza de Paz subrogante de Cerrito, María Fernanda Schoenfeld, se declaró competente para entender en la acción de amparo colectivo interpuesto por comerciantes y miembros del grupo de vecinos autoconvocados contra el Concejo Deliberante de esa ciudad.
El conflicto se originó ante la intención de dar tratamiento legislativo para la derogación parcial de la ordenanza vigente, especialmente en lo que refiere al régimen de habilitación de grandes superficies comerciales. Frente a esto, los vecinos y comerciantes afectados acudieron a la Justicia solicitando frenar de forma urgente el proceso.
El objeto de la acción de amparo es que se suspenda de forma inmediata el tratamiento legislativo que pretende derogar la Ordenanza Municipal N.° 952/2017 -en lo referido al régimen de habilitación de grandes superficies comerciales- según lo resuelve el Decreto Nº 003.
Notificación pública y convocatoria a interesados
En el marco del trámite judicial, la jueza Schoenfeld ordenó la notificación a las personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, quienes podrán presentarse por el plazo de siete días corridos, la que se realizará con la registración del proceso en el Registro de Procesos Colectivos y con la publicación en la página web del Poder Judicial de Entre Ríos, Servicio de Información y Comunicación del STJ (SIC), que deberá mantenerse durante la tramitación del presente juicio y librándose los respectivos oficios.
Una norma que establece criterios de habilitación y seguridad
La ordenanza que se quiere derogar es la N.° 952/2017, una normativa que regula el procedimiento de habilitación para todo tipo de emprendimientos dentro del ejido de Cerrito. Entre otros puntos, establece que “todo establecimiento comercial, industrial, de servicio y de cualquier otra actividad lucrativa, o sin fines de lucro, que se instale dentro de ejido de la ciudad de Cerrito, deberá cumplir con la norma en lo referido al procedimiento de habilitación municipal; autorización administrativa, superficie, medida desde la línea municipal hacia adentro de la propiedad, entre otras reglamentaciones”.
Esta ordenanza también prevé condiciones específicas para la aprobación de locales comerciales según su tamaño y rubro, además de normas complementarias relacionadas con seguridad edilicia, higiene, y protección contra incendios. “
También legisla sobre seguridad y riesgo, Higiene y Seguridad en el Trabajo y protección contra incendios elaborado por Bomberos o por un profesional matriculado, ingeniero o técnico especialista en seguridad e higiene, visado por el colegio correspondiente y Certificado de electricidad elaborado por un electricista matriculado, visado por el colegio correspondiente.
Impacto sobre comercios mayores a 100 m² y la próxima definición judicial
La ordenanza en cuestión también contempla medidas particulares para los comercios de gran escala, al señalar que en los casos de los locales con superficies mayores a 100 metros cuadrados, solicita adjuntar además, un certificado de profesional idóneo referida a estructura edilicia, sistema de seguridad y evacuación. De igual modo respecto al sistema de tratamiento de efluentes.
Los vecinos sostienen que estos requerimientos son fundamentales para garantizar no solo la competencia equitativa en el ámbito comercial, sino también la seguridad de trabajadores y consumidores. La posible derogación, advierten, abriría la puerta a condiciones desiguales de habilitación.