Los incrementos impositivos que debían aplicarse desde el 1° de octubre fueron diferidos hasta noviembre. La medida alcanza a naftas y gasoil.
Mediante el Decreto 1126/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional postergó hasta el 1° de noviembre de 2026 la aplicación de incrementos pendientes en los impuestos que gravan a los combustibles. La medida alcanza a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil y evita que esos componentes impositivos se actualicen plenamente durante octubre.
Los incrementos que ahora fueron nuevamente diferidos corresponden a actualizaciones pendientes de los impuestos sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y al Dióxido de Carbono (IDC) derivadas de la inflación registrada durante 2024, 2025 y los primeros dos trimestres de 2026.
El Decreto 617/2025 y sus sucesivas modificaciones habían establecido que parte de los incrementos impositivos se aplicaría hasta el 30 de septiembre y que los montos remanentes comenzarían a regir desde el 1° de octubre de 2026.
El nuevo Decreto 1126/2026 modificó ese cronograma. Extendió hasta el 31 de octubre el esquema vigente y trasladó al 1° de noviembre la aplicación de los aumentos impositivos pendientes.
De esta manera, durante octubre no entrará en vigencia la totalidad del incremento que estaba previsto para el comienzo del mes.
Por qué se actualizan los impuestos a los combustibles
La legislación establece montos fijos por unidad para determinar el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono. Esos valores deben actualizarse trimestralmente según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.
Las actualizaciones se realizan en enero, abril, julio y octubre de cada año tomando como referencia la inflación acumulada durante el trimestre calendario anterior.
Sin embargo, durante los últimos años el Poder Ejecutivo dictó sucesivos decretos para diferir total o parcialmente el impacto de esas actualizaciones.
Qué aumentos quedaron pendientes
Según detalló el decreto publicado este miércoles, permanecen pendientes incrementos derivados de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025 y al primer y segundo trimestre de 2026.
Esos ajustes alcanzan a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
El Gobierno argumentó que decidió volver a diferirlos con el propósito de "continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible".
Qué puede pasar con el precio de las naftas
La postergación implica que durante octubre no se incorporará al componente impositivo de los combustibles la totalidad de los aumentos pendientes que debían comenzar a aplicarse el 1° de octubre.
Sin embargo, la medida no congela los precios de las naftas y el gasoil en las estaciones de servicio. El decreto únicamente modifica el cronograma de actualización de los impuestos nacionales.
Por lo tanto, los precios finales en los surtidores podrán registrar variaciones durante octubre por decisiones comerciales de las petroleras u otros componentes que intervienen en la formación de los valores.
La aplicación de estos incrementos impositivos ya había sido diferida en numerosas oportunidades. El Decreto 1126/2026 mencionó entre sus antecedentes las modificaciones realizadas desde septiembre de 2025 y a lo largo de 2026.
La última postergación había llevado parte de los aumentos pendientes hasta el 1° de octubre. Ahora, el Gobierno volvió a correr el cronograma un mes, hasta noviembre.
El nuevo esquema entrará formalmente en vigencia este jueves 1° de octubre de 2026.