El Gobierno oficializó una actualización parcial de los impuestos a los combustibles durante julio y postergó para agosto la aplicación del resto de los incrementos.
El Gobierno nacional dispuso una nueva modificación en el esquema de actualización de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, al establecer que durante julio solo se aplicará una parte de los incrementos pendientes y que el resto comenzará a regir desde el 1 de agosto de 2026.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 562/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, que modifica el Decreto 617/2025 y extiende el cronograma previsto para la actualización de los tributos que gravan la nafta y el gasoil.
Según argumentó el Poder Ejecutivo, la decisión busca "continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible", por lo que consideró necesario diferir parcialmente los aumentos que aún restaban aplicar.
Cómo se aplicarán los incrementos en julio
El decreto establece que entre el 1 y el 31 de julio de 2026 se aplicarán aumentos parciales sobre los impuestos.
Para las naftas sin plomo y la nafta virgen, el incremento del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos será de $21,192 por unidad de medida, mientras que el Impuesto al Dióxido de Carbono aumentará $1,298.
En el caso del gasoil, el incremento será de $18,959 por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, $10,266 por el tratamiento diferencial previsto para determinadas regiones del país y $2,161 por el Impuesto al Dióxido de Carbono.
El resto del aumento se aplicará desde agosto
La normativa también modificó el cronograma vigente y estableció que el remanente de las actualizaciones correspondientes a los años 2024 y 2025 y al primer trimestre de 2026 comenzará a regir a partir del 1 de agosto de 2026.
De esta manera, el Gobierno volvió a postergar una parte de la actualización plena de los impuestos específicos a los combustibles, que se encontraba pendiente tras sucesivas prórrogas dispuestas desde el año pasado.
Qué explicó el Gobierno
En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo recordó que los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono deben actualizarse trimestralmente de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.
Sin embargo, destacó que mediante distintos decretos se fueron difiriendo los efectos de esas actualizaciones sobre la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, con el objetivo de moderar el impacto sobre los precios de los combustibles y sostener el equilibrio fiscal.
El Decreto 562/2026 entra en vigencia este 1 de julio, fecha desde la cual comienza a regir el nuevo esquema de actualización parcial de los impuestos.