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Política Será de 15 días

Se amplió el lapso de la licencia profiláctica para empleados del Copnaf

Incluye al "personal del Copnaf, afectado a la atención directa y/o permanente de Niñas, Niños y Adolescentes o que se desempeñen en establecimientos donde éstos residan", señala la norma. Ahora, será de 15 días.

25 de Febrero de 2019

Incluye al "personal del Copnaf, afectado a la atención directa y/o permanente de Niñas, Niños y Adolescentes o que se desempeñen en establecimientos donde éstos residan", señala la norma. Ahora, será de 15 días.

El gobernador de la provincia, Gustavo Bordet a través decreto N° 169 MDS con fecha del 20 de febrero de este año, refrendado por la ministra de Desarrollo Social, Laura Stratta, se establece que se amplía la licencia profiláctica de 10 a 15 días.

La norma establece que el uso de los días será "corridos anuales, de carácter obligatoria y no acumulativa, para el personal del Copnaf, afectados a la atención directa y/o permanente de Niñas, Niños y Adolescentes o que se desempeñen en establecimientos donde éstos residan", reza según indicó <i>ElDiario</i>.

 

 

 

De esta manera el gobernador Gustavo Bordet y la presidenta del Copnaf, Marisa Paira, dan respuesta a la necesidad de mejorar las condiciones institucionales y laborales hacia los trabajadores que por su tarea, acceden a esta licencia.

 

En el considerando del documento se establece que el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) "ha detectado hechos y circunstancias que entiende, deben ser adecuadas a fin de mejorar la aplicabilidad y uso de tal licencia, en aras del regular funcionamiento institucional y al mismo tiempo, propender al resguardo de los derechos de los trabajadores en su condición de tales".

 

 

 

El artículo 4 del decreto expresa que para "acceder al goce de la licencia profiláctica, el personal deberá acreditar un año, actual e ininterrumpido, de antigüedad en el ejercicio de las tareas que autorizan el uso de dicha Licencia y haber prestado servicio efectivo como mínimo la mitad de los días hábiles del año al que corresponde el beneficio".

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