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Economía Regirán desde el 1 de enero

Monotributo: La AFIP oficializó las nuevas escalas vigentes para 2018

¿El que factura tendrá que pagar más impuestos? Así quedan las escalas del Monotributo. AFIP publicó este jueves, los nuevos rangos para 2018 en cada una de las categorías. <b>Vea cómo quedó la actualización</b>.

14 de Diciembre de 2017

¿El que factura tendrá que pagar más impuestos? Así quedan las escalas del Monotributo. AFIP publicó este jueves, los nuevos rangos para 2018 en cada una de las categorías. <b>Vea cómo quedó la actualización</b>.

A partir del 1 de enero del 2018 riguen los nuevos valores del Monotributo. Así las cosas, es que hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los valores de la cuota única correspondiente al régimen simplificado para pequeños contribuyentes.

Finalmente AFIP hizo oficiales las nuevas escalas de monotributo vigentes para 2018, y publicó en el sitio web oficial los nuevos valores que comenzarán a regir desde el 1 de enero.

 

Para el rubro de prestación de servicios el componente impositivo, irá desde $ 87,04 a $3.584,17. En tanto para venta de cosas muebles irá desde $87,04 a 6.048,30 pesos. Si se le suma el aporte al SIPA y a las obras sociales, la cuota para servicios irá desde $1.007,41 a 4.868,86 pesos. En tanto, la cuota total, para venta de cosas muebles irá desde $1.007,41 a 7.580,69 pesos.

 

 

 

Además se actualiza el límite de ingresos brutos anuales para cada categoría. Para servicios va desde $107.525,27 (categoría A) hasta $896.043,90 (categoría H). A su vez, para venta de bienes va desde $107.525,27 (categoría A) hasta $1.344.065,86 (categoría K).

Por último, también se actualiza el monto máximo de alquileres devengados al año. Va desde $40.321,98 (categoría A) hasta $161.287,90(categoría K).

 

<h5>Facilidades de pago</h5>

La AFIP también dio a conocer el nuevo plan de pagos para monotributistas excluidos. La norma establece un régimen de facilidades de pago permanente, en el ámbito del sistema "MIS FACILIDADES", para los sujetos que hayan sido excluidos del monotributo, cuya fecha de registración de la novedad en el "Sistema Registral" sea a partir del 1 de octubre de 2017, inclusive.

 

El plan es aplicable a la cancelación de las obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses vencidos desde el acaecimiento de algunas de las causales de exclusión hasta el día de registración de la novedad de la exclusión en el "Sistema Registral" de la AFIP.

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