Los deudores alimentarios no podrán apostar online ni retirar fondos en las plataformas habilitadas por Lotería de la Ciudad (LOTBA), según comenzó a regir tras la implementación de una ley aprobada por la Legislatura porteña.
La restricción alcanza a quienes se encuentren inscriptos en el Registro Público de Alimentantes Morosos (RPAM). Además de impedirles efectuar apuestas, la normativa les prohíbe abrir o mantener cuentas activas, depositar dinero y retirar fondos.
La medida comprende los juegos de azar y de destreza, las apuestas deportivas, los juegos virtuales y otras modalidades desarrolladas por internet o mediante dispositivos electrónicos bajo la regulación de LOTBA.
Controles automatizados en las plataformas
Para garantizar el cumplimiento de la disposición, las empresas operadoras deberán consultar el registro de manera automatizada y en tiempo real antes de habilitar a cada nuevo usuario.
Si durante esos controles se comprobara que una persona incorporada al RPAM ya posee una cuenta operativa, la compañía tendrá que suspenderla inmediatamente. También deberá comunicar la situación al Registro y a la Justicia de la Ciudad.
La prohibición, por lo tanto, no quedó limitada a nuevas registraciones. Las personas alcanzadas tampoco podrán conservar cuentas existentes ni efectuar depósitos, apuestas o retiros de dinero dentro de las plataformas reguladas.
Las compañías que no realicen los controles correspondientes podrán recibir sanciones conforme a la normativa del sector, los pliegos de concesión y el Régimen de Faltas vigente.
El presidente de LOTBA, Jesús Acevedo, explicó que la disposición buscó incorporar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las políticas relacionadas con el juego regulado y la protección de niños y adolescentes.
Los cambios incorporados por la ley
La iniciativa añadió un artículo 17 bis a la Ley Nº 269, que creó el Registro, e incorporó otra disposición para regular los sistemas informáticos de consulta automatizada.
El texto también contempló medidas destinadas a proteger los datos personales utilizados durante las verificaciones. La información será consultada por las compañías para determinar si una persona se encuentra alcanzada por la restricción.
La Ley 269 ya había sido modificada en distintas oportunidades para ampliar las consecuencias aplicables a quienes incumplieran sus obligaciones alimentarias.
El Registro depende del Ministerio de Justicia porteño y recibe inscripciones ordenadas por juzgados nacionales, provinciales y de la Ciudad. Según los datos oficiales, actualmente reúne a 13.500 deudores, tanto del distrito como de las 14 provincias que suscribieron convenios.
Otras restricciones vigentes
La imposibilidad de apostar online se sumó a otras limitaciones que ya regían para quienes aparecían en el registro. Una de ellas les impedía ingresar a estadios de fútbol y otros espectáculos masivos.
Desde la implementación de esos controles, iniciados hacía más de un año, se había rechazado el acceso de 284 personas incluidas en la nómina, de acuerdo con las cifras difundidas por el Gobierno porteño.
La legislación también estableció impedimentos para determinadas operaciones financieras. Entre ellas se encuentran la apertura de cuentas corrientes y el otorgamiento o la renovación de tarjetas de crédito.
Los deudores tampoco pueden solicitar o renovar créditos en el Banco Ciudad ni tramitar la licencia de conducir, excepto cuando se trata de una habilitación profesional.
Las restricciones también comprenden la posibilidad de postularse a cargos públicos, presentarse como candidatos, participar en concursos o ser designados en determinados puestos judiciales. Con la nueva ley, el régimen incorporó las apuestas digitales como otro ámbito sujeto al cumplimiento de las obligaciones alimentarias.