Economía Nuevo esquema laboral

ANSES: cuándo empieza a regir el fondo que podrá utilizarse para pagar indemnizaciones

El Fondo de Asistencia Laboral comenzará a funcionar el 1° de noviembre. Se nutrirá con una parte de las contribuciones patronales y podrá utilizarse, después de un período mínimo, para afrontar total o parcialmente determinadas obligaciones por desvinculaciones.

23 de Septiembre de 2026
Indemnizaciones.

El nuevo esquema vinculado con ANSES para facilitar el pago de determinadas indemnizaciones laborales comenzará a regir el próximo 1° de noviembre de 2026. Se trata del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la Ley 27.802 y reglamentado por el Decreto 408/2026, cuya entrada en vigencia fue postergada oficialmente hasta esa fecha.

 

El sistema alcanzará a los empleadores del sector privado y establece la conformación obligatoria de una cuenta individual para acumular recursos destinados exclusivamente a determinadas obligaciones derivadas de la extinción de relaciones laborales. Quedan excluidas las relaciones regidas por el régimen de la construcción y las correspondientes al personal de casas particulares.

 

 

La incorporación al FAL será obligatoria para los empleadores alcanzados, aunque utilizar el dinero acumulado frente a una indemnización será optativo. La normativa permite aplicar todos los recursos disponibles, utilizar solamente una parte o mantenerlos en la cuenta y afrontar el pago con fondos propios.

 

Cómo se financiará el nuevo fondo

 

Las cuentas recibirán una contribución mensual equivalente al 1% de las remuneraciones computables para las grandes empresas y al 2,5% para las micro, pequeñas y medianas empresas. La ley prevé, al mismo tiempo, una reducción equivalente de las contribuciones patronales destinadas a la seguridad social para las relaciones laborales comprendidas, por lo que el mecanismo no implica simplemente sumar esos porcentajes a la carga patronal existente.

 

 

En este esquema, ANSES no administrará directamente las cuentas ni será quien decida el pago de una indemnización. Cada empleador deberá elegir una entidad y un vehículo de inversión habilitados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), mientras que ARCA será la encargada de recibir y derivar mensualmente las contribuciones hacia la cuenta correspondiente.

 

ANSES sí tendrá intervención en el intercambio de información necesario para verificar los datos de los trabajadores registrados cuando se solicite utilizar el fondo. La reglamentación establece que ANSES y ARCA deberán facilitar información a las administradoras para validar las condiciones exigidas antes de realizar los pagos.

 

Cuándo se podrá utilizar el dinero

 

Aunque el régimen entrará en vigencia el 1° de noviembre, el dinero no estará disponible inmediatamente para afrontar desvinculaciones. La ley fijó un período de carencia de al menos seis períodos mensuales completos y consecutivos de aportes, contado desde la primera contribución efectivamente integrada al FAL.

 

 

Además, la cobertura solamente podrá aplicarse respecto de trabajadores que hayan estado correctamente registrados durante al menos 12 meses antes de finalizar la relación laboral. El régimen excluye expresamente a los trabajadores no registrados y no modifica ni sustituye las indemnizaciones establecidas por la legislación vigente.

 

Entre los conceptos que podrán ser atendidos con esos recursos se encuentran la indemnización por despido sin causa, la integración del mes de despido, la indemnización sustitutiva de preaviso y otros supuestos contemplados en la Ley de Contrato de Trabajo. Si el saldo resulta insuficiente, la responsabilidad de completar el pago continuará siendo íntegramente del empleador.

 

Qué deberán hacer los empleadores

 

Antes de comenzar a aportar, cada empresa deberá seleccionar una entidad autorizada por la CNV y abrir su cuenta individual. Esa administradora otorgará un identificador denominado “ID FAL”, que posteriormente deberá ser informado a ARCA para que el organismo pueda direccionar las contribuciones.

 

 

Las cuentas estarán constituidas como patrimonios separados y los recursos sólo podrán utilizarse para los fines establecidos por la normativa. Las entidades habilitadas serán responsables de administrar e invertir el dinero bajo los parámetros fijados por la CNV y las disposiciones del Ministerio de Economía.

 

Así, desde el 1° de noviembre comenzará formalmente la implementación de un mecanismo que modifica el modo en que parte de las contribuciones patronales vinculadas al sistema de seguridad social podrán ser capitalizadas para futuras contingencias laborales. ANSES participará de la validación de información, mientras que ARCA y las administradoras autorizadas tendrán funciones centrales en la recaudación, derivación y gestión del Fondo de Asistencia Laboral.

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